La posibilidad de que Daniel Lagostena, condenado por el homicidio de Érica Soriano, recupere la libertad antes de lo previsto volvió a abrir un fuerte debate judicial. Un fallo de ejecución penal le otorgó una reducción de un año y tres meses sobre la condena de 22 años que cumple por el crimen de su pareja, una decisión que ya fue apelada por la familia de la víctima y que ahora deberá revisar la Cámara en lo Penal de Lomas de Zamora.
La resolución fue dictada por el juez de Ejecución Juan Ignacio Sorrentino, quien aplicó el denominado estímulo educativo, un beneficio previsto por la legislación para los internos que acreditan estudios y capacitación durante el cumplimiento de la pena.

Si la medida queda firme, Lagostena podría acceder a la libertad asistida el 1 de septiembre de 2028, más de un año antes de la fecha originalmente prevista, fijada para diciembre de 2029.
La reducción de la pena no modificó la condena de 22 años impuesta en 2018, pero sí alteró el cómputo de los plazos para acceder a determinados beneficios.
Esa decisión fue inmediatamente cuestionada por la querella, que sostiene que el caso no reúne las condiciones para aplicar el estímulo educativo.
El abogado de la familia de Érica, Marcelo Mazzeo, sostuvo que el beneficio fue pensado para favorecer procesos reales de reinserción social y no únicamente para quienes acumulan certificados académicos durante el encierro.
Según planteó, el condenado nunca mostró arrepentimiento ni colaboró con la investigación, pese a que el cuerpo de la joven continúa sin aparecer.
Para la querella, esa conducta debería ser tenida en cuenta al momento de analizar cualquier beneficio vinculado con la ejecución de la pena.
Para acceder a la reducción, Lagostena acreditó una extensa actividad educativa desarrollada mientras permanece alojado en la Unidad Penitenciaria de Olmos.
Entre la documentación incorporada al expediente figuran una Tecnicatura Superior en Industria Textil e Indumentaria, materias aprobadas en el Profesorado y la Licenciatura en Sociología, además de numerosos cursos de formación.
También presentó certificados de capacitación en programación, electricidad domiciliaria, manipulación de alimentos, cocina, panadería, confección textil, habilidades digitales y distintos talleres culturales y educativos desarrollados dentro del servicio penitenciario.
Ese recorrido fue considerado suficiente por el juez para aplicar el beneficio previsto en la ley.
La postura de la familia de Érica apunta a otro aspecto del expediente.
Desde el inicio del proceso sostienen que Lagostena jamás explicó qué hizo con el cuerpo de la joven, desaparecida en agosto de 2010 cuando cursaba un embarazo.

Para la querella, esa circunstancia demuestra que el condenado nunca colaboró con el esclarecimiento completo del caso y, por lo tanto, no puede considerarse cumplido uno de los objetivos de la resocialización.
En la apelación presentada ante la Cámara, la familia sostiene además que una interpretación amplia del estímulo educativo termina desvirtuando el espíritu de la norma y permite reducir condenas de personas que no evidenciaron cambios de conducta vinculados con el delito cometido.
La última palabra la tendrá la Cámara en lo Penal de Lomas de Zamora, que deberá decidir si confirma o revoca la reducción concedida por el juez de ejecución.
Mientras tanto, la condena de Lagostena continúa vigente y los restantes plazos de la pena permanecen sin modificaciones: la libertad condicional sigue prevista para el 1 de junio de 2030 y el vencimiento total de la condena para el 1 de octubre de 2037.
La resolución que adopte la Cámara definirá si el condenado por uno de los femicidios más emblemáticos de los últimos años podrá o no adelantar su salida de prisión gracias a los estudios realizados durante su detención.