07/08/2026 - Edición Nº1277

Política

Congreso

Multas por el paro docente: el polémico pedido a Milei en Diputados

07/08/2026 | El proyecto está encabezado por Hugo Yasky. Aseguran que la educación no es un servicio esencial. La advertencia de Sandra Pettovello.



Un grupo de diputados nacionales de Unión por la Patria presentó un proyecto de declaración para reclamar que el gobierno de Javier Milei garantice el pleno ejercicio de la libertad sindical y del derecho de huelga, en medio de la tensión generada por el paro nacional docente realizado el pasado 3 de agosto.

La iniciativa, encabezada por Hugo Yasky y acompañada por Juan Marino, Adriana Serquis, Victoria Tolosa Paz y Jorge Taiana, apunta directamente a la estrategia desplegada por el Ministerio de Capital Humano, conducido por Sandra Pettovello, durante la medida de fuerza convocada por la Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina (CTERA).

El proyecto solicita que el Poder Ejecutivo se abstenga de aplicar "sanciones administrativas, multas o cualquier otra medida de represalia" contra los sindicatos docentes y los trabajadores que participaron de la huelga, al considerar que esas acciones vulnerarían garantías constitucionales y compromisos internacionales asumidos por la Argentina.

Protesta y paro docente de CTERA a nivel nacional

El trasfondo del conflicto entre el Gobierno y los gremios docentes

La presentación parlamentaria llega pocos días después del operativo coordinado por el Ministerio de Capital Humano para supervisar el cumplimiento de la Ley 27.802, que incorporó a la educación dentro de los servicios considerados esenciales.

Antes del paro nacional del 3 de agosto, el Gobierno reunió al Comité Ejecutivo ampliado del Consejo Federal de Educación junto a ministros provinciales para coordinar controles en distintas jurisdicciones y garantizar una prestación mínima del 75% del servicio educativo durante la jornada de protesta.

Además, la administración nacional advirtió que podrían activarse procedimientos sancionatorios en caso de detectarse incumplimientos de la normativa vigente, una postura que fue rechazada por los sindicatos docentes y ahora también cuestionada desde Unión por la Patria.

Qué plantea el proyecto de declaración

El texto insta al Poder Ejecutivo a respetar el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, que reconoce la libertad sindical y el derecho de huelga, además de cumplir con los Convenios 87, 98 y 151 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificados por la Argentina.

En ese marco, los legisladores solicitan que el Gobierno se abstenga de imponer multas, sanciones administrativas o cualquier otra forma de represalia contra las organizaciones sindicales y los trabajadores de la educación por haber convocado, organizado o participado del paro nacional docente.

Para los autores, el derecho de huelga constituye una herramienta indispensable para que las organizaciones sindicales puedan defender los intereses económicos y laborales de los trabajadores.

El argumento constitucional e internacional

En los fundamentos del proyecto, los diputados sostienen que el artículo 14 bis integra un sistema de protección de los derechos colectivos de los trabajadores y que la posibilidad de realizar huelgas forma parte esencial de ese esquema.

Además, recuerdan que la Argentina ratificó los Convenios 87, 98 y 151 de la OIT.

Según explican, el Convenio 87 protege la libertad sindical y la autonomía de las organizaciones gremiales; el Convenio 98 garantiza protección frente a actos de discriminación antisindical y promueve la negociación colectiva; mientras que el Convenio 151 extiende esas garantías al empleo público.

Los legisladores sostienen que de ese marco jurídico surge tanto la obligación estatal de garantizar el ejercicio efectivo de esos derechos como el deber de evitar cualquier intervención que pueda limitar su ejercicio.

El debate sobre la educación como servicio esencial

El proyecto también cuestiona la posibilidad de restringir el derecho de huelga en el ámbito educativo.

Los legisladores citan la doctrina del Comité de Libertad Sindical de la OIT, que sostiene que las limitaciones al derecho de huelga solo pueden justificarse cuando la interrupción del servicio "ponga en peligro la vida, la seguridad personal o la salud de toda o parte de la población".

En ese sentido, afirman que la educación nunca fue considerada por ese organismo como un servicio esencial en esos términos, por lo que consideran que no corresponde limitar el ejercicio del derecho de huelga bajo ese argumento.

La postura contrasta con la interpretación del Gobierno nacional, que fundamentó el operativo del 3 de agosto en la Ley 27.802, mediante la cual la educación fue incorporada al régimen de servicios esenciales y se estableció la obligación de garantizar una prestación mínima durante las medidas de fuerza.

Críticas a posibles sanciones

Otro de los puntos centrales del proyecto apunta contra la eventual aplicación de sanciones administrativas derivadas del paro.

Los diputados sostienen que la convocatoria, organización o participación en una huelga no puede constituir, por sí sola, motivo suficiente para imponer multas o castigos a sindicatos y trabajadores.

En los fundamentos advierten que "el ejercicio del poder sancionatorio estatal con una finalidad persecutoria, discriminatoria o disuasiva resulta incompatible con la libertad sindical y con la protección debida frente a los actos de discriminación antisindical".

El rol de las provincias

La iniciativa también incorpora un planteo vinculado al federalismo.

Los autores sostienen que el Gobierno nacional debe respetar las competencias propias de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en materia de empleo público y relaciones laborales del personal docente.

En ese sentido, solicitan que el Poder Ejecutivo se abstenga de sustituir a las autoridades locales o de intervenir mediante actos de fiscalización, intimaciones o sanciones sobre competencias que corresponden a las jurisdicciones provinciales, sin perjuicio de los ámbitos de coordinación previstos por la legislación vigente.

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