Una propuesta presentada por el diputado Pablo Juliano busca incorporar una regulación específica para los llamados “dark patterns” o patrones de diseño manipulativo dentro del sistema financiero argentino.
La iniciativa forma parte de un proyecto más amplio que crea un Régimen de Protección y Defensa de Usuarios Financieros y Prevención del Sobreendeudamiento en el Sistema de Crédito, con alcance sobre bancos, fintech, billeteras virtuales, tarjetas, plataformas digitales y operadores de crédito.
El objetivo es adaptar las reglas de protección al consumidor a una realidad en la que pedir un préstamo, aumentar un límite o refinanciar una deuda puede resolverse con unos pocos clics desde un teléfono celular.
Para Juliano, el problema no está solamente en las condiciones económicas de un crédito, sino también en la manera en que esas condiciones son presentadas y en cómo las plataformas pueden utilizar el diseño de sus aplicaciones para acelerar decisiones financieras.
El proyecto sostiene que la tecnología no siempre funciona como una herramienta neutral: determinadas interfaces pueden favorecer decisiones impulsivas, minimizar la percepción del riesgo o dificultar que el usuario comprenda cuánto terminará pagando.
Los dark patterns son estrategias de diseño de interfaces digitales que buscan influir sobre la conducta del usuario de una manera que puede limitar una decisión verdaderamente libre e informada.
El concepto fue acuñado en 2010 por el especialista en experiencia de usuario Harry Brignull y se utiliza para describir mecanismos que aprovechan sesgos cognitivos, hábitos de navegación, falta de atención o la urgencia de una persona.
En el ámbito financiero, el problema adquiere una dimensión particular. Una interfaz puede presentar un préstamo preaprobado como una solución inmediata, destacar el beneficio de disponer de dinero en el acto y relegar a un segundo plano el costo financiero total, los intereses o las consecuencias de refinanciar.
El proyecto de Juliano pone el foco precisamente sobre esa arquitectura digital. En sus fundamentos sostiene que ciertas plataformas pueden diseñarse deliberadamente para “incentivar endeudamiento impulsivo”, “minimizar percepción de riesgo”, dificultar la comprensión de los costos reales o promover una contratación inmediata mediante estímulos y mecanismos de presión conductual.
La iniciativa parte de un escenario de expansión del crédito digital y de una mayor automatización de las operaciones financieras. Según los fundamentos, una parte de los préstamos se otorga mediante procedimientos automatizados que privilegian la velocidad y el volumen de colocaciones, sin necesariamente considerar en profundidad la capacidad real de pago de cada usuario.
Para Juliano, esto puede favorecer un círculo de refinanciaciones, acumulación de obligaciones y deterioro progresivo de la situación económica.
Por eso, el proyecto no busca limitarse a los bancos tradicionales. El régimen alcanzaría a entidades financieras, proveedores no financieros de crédito, emisores y administradores de tarjetas, proveedores de servicios de pago, billeteras virtuales, fintech, aplicaciones móviles, empresas de tecnología financiera, plataformas digitales, operadores de crédito digital, fideicomisos financieros y estudios de cobranza, entre otros actores.
La propuesta también incluye los sistemas automatizados que procesan información financiera y toman decisiones sobre créditos.
El artículo 18 del proyecto establece una prohibición general sobre las “interfaces manipulativas y diseño digital abusivo”. El texto busca impedir cualquier diseño, estrategia de comunicación, mecanismo digital o arquitectura de decisión que tenga como objetivo o efecto inducir a una contratación compulsiva de crédito, reducir artificialmente la percepción del riesgo, dificultar la comprensión de las condiciones económicas o fomentar el endeudamiento reiterado.
El proyecto identifica expresamente varias prácticas. Una de ellas son las notificaciones masivas o personalizadas que ofrecen créditos “preaprobados” sin que exista previamente una evaluación de solvencia.
También quedarían alcanzados los mensajes, estímulos visuales o comunicaciones que destaquen únicamente los beneficios inmediatos del financiamiento y oculten, minimicen o releguen sus costos y riesgos.
Otro punto es la gamificación del crédito. El proyecto considera abusiva la utilización de sistemas de recompensas, incentivos, beneficios escalonados o mecanismos similares vinculados al uso reiterado del financiamiento.
La iniciativa también apunta contra los procesos de contratación inmediata que dificulten una instancia razonable de reflexión.
La lógica es sencilla: si obtener un crédito requiere apenas presionar un botón, pero conocer sus condiciones exige navegar por varias pantallas, leer textos extensos o buscar información escondida, la arquitectura de la plataforma puede terminar favoreciendo la contratación por encima de la comprensión.
Por eso, el proyecto considera abusivas las interfaces que dificulten revisar las condiciones antes de aceptar una operación.
También cuestiona las configuraciones predeterminadas, recorridos digitales, opciones preseleccionadas o mecanismos de consentimiento diseñados para favorecer la aceptación automática del financiamiento.
La prohibición alcanza además a “cualquier otra práctica” que explote, mediante el diseño de la experiencia digital, sesgos cognitivos, situaciones de vulnerabilidad económica o limitaciones informativas del usuario.

El proyecto no se limita a prohibir determinados diseños. También establece un estándar reforzado de información para el crédito digital.
Antes de aceptar una operación, el usuario debería recibir información clara, completa, veraz, suficiente, accesible y comprensible sobre el costo financiero total, la tasa efectiva anual, el monto final a pagar, la cantidad y periodicidad de las cuotas, el valor de cada cuota, los intereses, cargos adicionales, mecanismos de refinanciación y consecuencias del incumplimiento.
Además, deberían aparecer advertencias visibles sobre cuestiones como el impacto del pago mínimo, la acumulación de intereses, la extensión temporal de la deuda, las renovaciones automáticas y las consecuencias económicas y crediticias de entrar en mora.
El proyecto establece que la interfaz no podría priorizar visualmente los beneficios del crédito por encima de sus costos y riesgos.
Si estas obligaciones no se cumplieran, las cláusulas afectadas podrían ser consideradas nulas, además de quedar sujetas a las sanciones correspondientes.