12/08/2026 - Edición Nº1282

Política

Boletín Oficial

Ultimátum de 60 días de Kicillof a las obras sociales: el otro drama en PBA

12/08/2026 | El gobierno bonaerense visibilizó una deuda millonaria. La resolución se conoció este miércoles. Cómo afecta a los pacientes.



El Gobierno de la provincia de Buenos Aires puso en marcha un régimen especial para que las obras sociales nacionales puedan regularizar las deudas acumuladas con hospitales y otros efectores públicos bonaerenses por prestaciones médicas brindadas a sus afiliados.

La medida busca recuperar recursos para el sistema sanitario y, al mismo tiempo, evitar que la ejecución inmediata de los montos adeudados termine afectando la capacidad de cobertura de las entidades.

La decisión fue formalizada mediante la Resolución N° 103-SAMO-2026 del Consejo Provincial del Sistema de Atención Médica Organizada (SAMO), firmada por su presidente, Nicolás Kreplak.

El régimen contempla distintas alternativas de pago, incluyendo la posibilidad de cancelar las obligaciones en una sola cuota o acceder a planes de hasta 18 o 24 cuotas. La Provincia apunta especialmente a un universo de deudas que, según los fundamentos de la resolución, se acumuló a partir de los cambios implementados en el sistema nacional de recupero de prestaciones de los hospitales públicos.

El período comprendido llega hasta 60 días corridos antes de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial.

La adhesión al régimen implicará para cada obra social el reconocimiento expreso, irrevocable e incondicional de la deuda incluida en el convenio de regularización. Además, la presentación y firma del acuerdo interrumpirá los plazos de prescripción de las obligaciones incorporadas al plan.

Nicolás Kreplak, ministro de Salud bonaerense

Por qué se acumularon las deudas

La medida se explica por una modificación en los mecanismos mediante los cuales los hospitales públicos recuperan el dinero correspondiente a pacientes que cuentan con cobertura de una obra social, una prepaga o una aseguradora.

El SAMO funciona en la provincia de Buenos Aires como un sistema destinado, entre otros objetivos, a recuperar los costos de determinadas prestaciones realizadas por establecimientos sanitarios públicos cuando existe un tercero obligado a pagarlas.

La lógica es sencilla: cuando una persona afiliada a una obra social es atendida en un hospital público y la prestación corresponde a su cobertura, el Estado provincial puede facturar ese servicio a la entidad responsable. Los fondos recuperados vuelven al sistema sanitario y contribuyen al financiamiento de hospitales, infraestructura y prestaciones.

Sin embargo, la Provincia sostiene que los cambios introducidos a nivel nacional a partir del Decreto 172/2024 alteraron los canales que anteriormente permitían gestionar parte de esos recuperos.

Según los fundamentos de la resolución, esa modificación produjo un "quiebre en los canales y procedimientos operativos" y dejó a numerosas prestaciones sin un mecanismo eficaz de cobro.

El resultado, de acuerdo con el Gobierno bonaerense, fue la acumulación de facturas impagas.

Entre los principales deudores aparecen obras sociales nacionales, empresas de medicina prepaga y aseguradoras de riesgos del trabajo. La resolución, no obstante, establece un régimen específico para las obras sociales nacionales, que concentran la mayor parte de la deuda acumulada mencionada por la Provincia.

Hospital Iriarte

Qué opciones de pago tendrán las obras sociales

El nuevo esquema contempla tres alternativas. La primera es la cancelación total de la deuda en una sola cuota.

La segunda permite pagar en hasta 18 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin interés de financiación. La tercera habilita un plan de hasta 24 cuotas mensuales, con una tasa de financiación del 4% anual sobre los saldos pendientes.

En este último caso existe una condición particular: al menos el 70% del monto total de la deuda regularizada deberá quedar cancelado durante los primeros 12 meses.

Esto significa que las cuotas correspondientes al primer año pueden ser superiores a las posteriores, en función de cómo se estructure el cronograma de pagos.

La deuda no se toma simplemente por el monto original de las facturas. Para determinar el importe del acogimiento se deberán computar los intereses previstos en el Código Fiscal bonaerense desde los vencimientos originales hasta la fecha en que la obra social adhiera al plan.

Atención médica en el Hospital Iriarte

Un beneficio importante: se frenan los intereses durante el plan

Uno de los aspectos centrales para las entidades que se incorporen al régimen es que, mientras cumplan con el plan de pagos, se suspenderá el cómputo y el devengamiento de intereses moratorios, recargos y otros accesorios financieros correspondientes exclusivamente a las deudas incluidas.

La resolución también fija que las cuotas que no sean abonadas en término generarán el interés correspondiente a la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires para sus operaciones de descuento, sin capitalización de intereses.

La primera cuota, o el pago al contado, vencerá el día 10 del mes siguiente al de la formalización del acogimiento, o el día hábil posterior si esa fecha fuera inhábil.

Profesionales del Hospital Iriarte

Qué pasa si una obra social deja de pagar

El régimen también establece condiciones estrictas para evitar que el plan se convierta en una forma de postergar indefinidamente las obligaciones.

En el caso de un plan de una sola cuota, la falta de pago al vencimiento provoca la caducidad del régimen.

Para los planes en cuotas, la caducidad se produce cuando se acumulan tres cuotas consecutivas o alternadas impagas y transcurren 45 días corridos desde el vencimiento de la última de ellas.

Si el plan caduca, la entidad pierde los beneficios otorgados y la Provincia queda habilitada para iniciar el juicio de apremio por la totalidad de la deuda histórica reconocida al momento de la adhesión.

También existe una previsión específica para las nuevas deudas que se generen después de la incorporación al régimen. En ese caso, la caducidad no es automática: la Dirección de Recuperación de Costos deberá intimar a la entidad y otorgarle diez días hábiles administrativos para regularizar la situación.

Qué podría cambiar para los pacientes

La resolución no establece nuevos copagos, no modifica las prestaciones médicas de los afiliados y tampoco cambia directamente las condiciones de cobertura de las obras sociales.

El destinatario inmediato de la medida son las entidades que mantienen deudas con el sistema público bonaerense.

El impacto sobre los pacientes, por lo tanto, sería indirecto. La lógica planteada por la Provincia es que una parte de los recursos que los hospitales públicos destinan actualmente a atender a personas con cobertura privada o de la seguridad social pueda ser recuperada. Esos fondos regresan al Fondo Provincial de Salud y, según los fundamentos de la resolución, pueden contribuir al funcionamiento de los establecimientos, la infraestructura y la continuidad de las prestaciones.

En otras palabras, el objetivo es que el hospital público no absorba como gasto propio el costo de prestaciones que deberían ser financiadas por la obra social correspondiente.