El presidente colombiano Abelardo de la Espriella anunció el 12 de agosto que declarará la emergencia económica para acelerar la respuesta al terremoto de magnitud 7,4. El balance subió a 273 muertos, 377 desaparecidos y 3.824 heridos. La Presidencia presentó el Fondo Milagro para canalizar aportes, pero al cierre no aparecían públicamente el decreto firmado ni su número.
El terremoto ocurrió el 10 de agosto a las 07:34 hora colombiana, con epicentro en San José del Palmar, Chocó, y una profundidad de 103 kilómetros. La profundidad es intermedia, no superficial, y favoreció un alcance extenso. El Servicio Geológico Colombiano lo clasificó como el sismo de mayor magnitud registrado en Colombia en el siglo XXI y mantiene el monitoreo de réplicas.
La emergencia económica es distinta de la declaratoria de desastre nacional activada tras el sismo. El artículo 215 permite al presidente, con todos los ministros, dictar medidas con fuerza de ley. Puede regir por períodos de hasta 30 días, máximo 90 al año, y queda bajo control automático de la Corte Constitucional. El anuncio no sustituye el acto publicado.
El corte disponible atribuye daños a 403 municipios y registra 12.584 viviendas destruidas, 74.873 averiadas y 172 edificios colapsados. También contabiliza 2.198 centros educativos, 216 centros de salud, 71 acueductos, 129 vías y 20 puentes afectados. Las cifras siguen abiertas porque las inspecciones rurales continúan y los reportes de no localización deben depurarse antes de fijar un balance definitivo.

El Fondo Milagro fue presentado como vehículo para concentrar donaciones y recursos de reconstrucción, pero todavía no tiene un monto oficial ni reglas públicas de administración. Sin esas definiciones no puede saberse cuánto saldrá del presupuesto para la reconstrucción, cuánto llegará por cooperación y cuánto dependerá de crédito. Cualquier medida tributaria o presupuestaria deberá vincularse con la crisis.

La siguiente prueba será la publicación del decreto, con alcance territorial, duración, fuentes de financiación y órganos responsables del fondo. También deberán publicarse los decretos derivados y los informes de ejecución. Hasta entonces, la formulación precisa es que anunció la emergencia económica: describirla como activada excede la evidencia oficial y confunde el compromiso con el instrumento jurídico.