La Cámara Civil y Comercial de Mar del Plata confirmó en mayo de 2026 que Assist Card debía responder por gastos de una argentina accidentada en Estados Unidos pese a haber contratado asistencia por hasta 100 mil dólares. La sentencia oficial de la Suprema Corte bonaerense, registrada el 15 de mayo, rechazó la apelación de la empresa y mantuvo la obligación de indemnizar a Rosana Isabel Cabrera por el incumplimiento contractual.
El expediente muestra la distancia que puede existir entre un límite de cobertura elevado y lo que finalmente se paga durante una urgencia médica. La cuenta del centro quirúrgico superó los USD 35.000 y la Justicia tuvo por acreditado un pago de USD 3.500 por la prótesis, además de USD 69,57 en medicamentos. La sentencia de primera instancia reconoció USD 3.589,57 por daño material y USD 2.600 por daño moral.
El conflicto se concentró en la interpretación de las condiciones generales y particulares del servicio contratado. El plan contemplaba asistencia médica por accidente de hasta USD 100.000 y medicamentos ambulatorios por USD 500, pero la empresa sostuvo que la prótesis quedaba fuera. La Cámara entendió que las condiciones generales contemplaban prótesis y órtesis y que el resumen de garantías no establecía una exclusión suficientemente clara para ese gasto.
El fallo no significa que cualquier asistencia al viajero con un monto alto cubra automáticamente prótesis, internaciones o tratamientos sin límites. La resolución depende del contrato analizado y de la redacción de sus cláusulas. News Digitales ya abordó ese costo invisible en la cobertura sobre seguros y emergencias entre Florida y Bahamas, donde el gasto médico aparece como una parte decisiva del presupuesto de viaje.

La sentencia no identifica a Cabrera como afiliada de PAMI, por lo que no corresponde presentar al organismo como parte de ese conflicto. Para sus afiliados, PAMI publica un trámite específico para quienes viajan a Italia: debe solicitarse el formulario en la agencia correspondiente dentro de los 15 días anteriores al viaje, la cobertura tiene una validez de 90 días y la renovación requiere certificado médico. Esa página no extiende el beneficio a Estados Unidos.

El antecedente deja una advertencia concreta para jubilados y otros viajeros argentinos que salen del país con una cobertura médica contratada. Antes de viajar conviene verificar por escrito topes, exclusiones, prótesis, medicamentos, preexistencias, repatriación, autorizaciones y modalidad de reintegro. Un límite nominal de USD 100.000 no garantiza que cada prestación sea reconocida sin discusión. En el caso Cabrera, esa diferencia terminó en un litigio que llegó a sentencia ocho años después del accidente.