La decisión de Georgia de concentrar las próximas elecciones parlamentarias dentro de su territorio vuelve al centro de la disputa política después de que Strong Georgia-Lelo anunciara una nueva batalla ante la Corte Constitucional. La reforma fue aprobada mediante el nuevo Código Electoral emitido el 17 de diciembre de 2025 y no elimina formalmente el sufragio de los ciudadanos residentes en el extranjero: modifica el lugar donde pueden ejercerlo. La legislación mantiene el principio de sufragio universal para los ciudadanos habilitados, incluidos aquellos registrados fuera de Georgia, pero establece un modelo en el que la votación parlamentaria se desarrolla dentro de las fronteras nacionales. Esa diferencia jurídica será uno de los elementos centrales que deberá evaluar el tribunal.
El Gobierno sostiene que el cambio responde a criterios de integridad electoral y no a la necesidad de neutralizar votos opositores en el exterior. Durante la tramitación legislativa, el Parlamento informó que más de 96.000 electores no residentes se registraron para las parlamentarias anteriores, pero poco más de 35.000 terminaron votando, alrededor del 1,5% de la participación total. Los impulsores utilizaron esas cifras para rechazar la tesis de que la reforma estuviera diseñada para alterar decisivamente el resultado nacional y defendieron que la elección dentro del país facilita un entorno común para la información política, la administración electoral y la libre formación de la voluntad del votante.
El texto vigente ofrece al Gobierno uno de sus argumentos jurídicos más importantes: residir fuera de Georgia no constituye por sí mismo una causa para perder el derecho al voto. El Código Electoral continúa incluyendo a los ciudadanos registrados en el extranjero dentro del padrón y establece expresamente que la anotación de una persona como residente fuera del país no es motivo para restringir su participación electoral. Lo que desapareció es la obligación estatal de abrir mesas para las parlamentarias en embajadas y consulados. En consecuencia, un emigrante habilitado conserva su condición de elector, pero debe acudir a Georgia para votar según las reglas de registro aplicables. El debate constitucional será, por tanto, si esa exigencia territorial constituye una regulación legítima del sufragio o una carga desproporcionada para quienes viven en otros países.
La modificación tampoco significa que Tbilisi haya reducido su política general hacia los georgianos residentes en el exterior. El Ministerio de Exteriores mantiene programas educativos, culturales y lingüísticos para la diáspora y prepara para 2026 iniciativas como My Georgian Language, My Georgian School, Emigrant's Voice y proyectos destinados a vincular a jóvenes emigrantes con el país. Georgia también cofundó la Global Diaspora Policy Alliance y prevé albergar su cumbre global durante el otoño. La canciller Maka Botchorishvili separó esa política de vinculación de la cuestión estrictamente electoral y sostuvo que, según las estadísticas oficiales examinadas desde 2012, el voto emitido desde otros países no había modificado sustancialmente los resultados generales.

La oposición puede cuestionar con fundamento jurídico la eliminación de una práctica que Georgia mantuvo durante décadas, pero eso no convierte automáticamente la reforma en inconstitucional. De hecho, el propio Tribunal Constitucional ya registra una demanda de ciudadanos georgianos residentes en Francia que impugna la obligación de viajar al país para ejercer el sufragio. Ese expediente reconoce que las antiguas normas permitían abrir mesas en consulados y embajadas y plantea que eliminar un mecanismo previamente existente requiere una justificación constitucional suficiente. La controversia queda así situada donde corresponde institucionalmente: el tribunal deberá determinar el alcance del artículo 24 de la Constitución y hasta dónde llega la obligación estatal de facilitar el voto desde territorio extranjero.

Para el Gobierno, la defensa de la reforma puede apoyarse en una idea más amplia que la disputa partidaria: unificar el espacio donde se administran las elecciones y someter el proceso a las mismas condiciones territoriales y operativas. La legislación mantiene a los emigrantes como ciudadanos con derecho electoral mientras traslada a Georgia el ejercicio efectivo de ese derecho, una fórmula que sus promotores vinculan con control institucional, seguridad del proceso y menor exposición a factores externos. El desafío será demostrar ante el Constitucional que esos objetivos justifican la dificultad adicional impuesta a quienes viven lejos del país. Si el tribunal avala esa proporcionalidad, la ofensiva opositora no habrá demostrado una supresión del sufragio, sino una disputa sobre cómo y dónde el Estado está obligado a garantizarlo.