24/08/2026 - Edición Nº1294

Internacionales

Reforma laboral

Colombia derogó 11 circulares laborales dictadas bajo Gustavo Petro

24/08/2026 | La Resolución 2708 retira guías sobre sindicatos, plataformas, trabajo doméstico y discapacidad laboral.



El Ministerio del Trabajo de Colombia expidió el jueves 20 de agosto la Resolución 2708 de 2026, que derogó once circulares laborales emitidas entre septiembre de 2025 y julio de 2026. La medida rige desde su publicación y evita que esos documentos continúen utilizándose como fuente autónoma de obligaciones, procedimientos, sanciones o parámetros de inspección.

Las circulares retiradas orientaban asuntos distintos y solo algunas desarrollaban aspectos de la reforma laboral. La Ley 2466 de 2025 sigue vigente junto con la Constitución, los reglamentos y la jurisprudencia aplicable. La medida del nuevo gobierno de Abelardo de la Espriella complementa la cobertura de NewsDigitales sobre la sanción de la reforma impulsada por Gustavo Petro.

 


Colombia es un país del extremo norte de Sudamérica. Su paisaje cuenta con bosques tropicales, las montañas de los Andes y varias plantaciones de café.

Las once guías retiradas

El listado abarca jornada y trabajo doméstico, estabilidad laboral reforzada, equidad de género, libertad sindical, vigilancia privada, debido proceso disciplinario y modalidades contractuales. También incluye plataformas digitales, negociación colectiva e inspecciones en hogares. Natalia López dejó sin efectos las circulares 0101 y 0120 de 2025, además de nueve instrumentos expedidos entre marzo y julio de 2026.

La resolución expone problemas específicos en lugar de formular una objeción general a la protección laboral. La Circular 0089 habilitaba el ingreso domiciliario ante peligro inminente sin respaldo legal expreso; la 0086 podía exceder competencias al encaminar el reconocimiento de una relación laboral en plataformas; y la 0040 ampliaba indebidamente una excepción del sector de vigilancia al límite de horas extras.

Natalia Eugenia López, ministra del Trabajo de Colombia
Natalia Eugenia López, ministra del Trabajo y firmante de la Resolución 2708.

Derechos vigentes y próximos plazos

La derogación opera hacia el futuro y no borra situaciones jurídicas consolidadas ni termina automáticamente actuaciones administrativas en curso. Cada expediente deberá resolverse con la Constitución, las leyes, los reglamentos y la jurisprudencia, sin usar las circulares como fundamento autónomo. No desaparecieron los derechos sobre jornada, trabajo doméstico, discapacidad, libertad sindical o plataformas, pero sí cambió la guía institucional disponible para aplicarlos.

Abelardo de la Espriella, presidente de Colombia
Abelardo de la Espriella asumió la Presidencia dos semanas antes de la resolución.

El siguiente paso ya tiene plazos definidos en la Resolución 2708. Las dependencias disponen de treinta días hábiles para identificar necesidades jurídicas, regulatorias, operativas o pedagógicas y proponer instrumentos; luego el Viceministerio de Relaciones Laborales e Inspección tendrá otros treinta días hábiles para consolidar la ruta. La prueba será qué reglas reemplazan las orientaciones y si separan obligaciones legales, instrucciones internas y material informativo.