25/08/2026 - Edición Nº1295

Política

Legislatura

Deudores hipotecarios: La Cámpora avanzó en PBA con un polémico proyecto

25/08/2026 | La propuesta es de Margarita Recalde. Agrega una instancia de negociación adicional en los procesos de ejecución hipotecaria.



Un proyecto de la diputada bonaerense Margarita Recalde, vinculada a La Cámpora, avanzó en la Comisión de Reforma Política de la Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires y ahora deberá atravesar las comisiones de Asuntos Constitucionales y Justicia y de Legislación General antes de quedar en condiciones de ser tratado en el recinto.

La iniciativa busca modificar el Código Procesal Civil y Comercial bonaerense para incorporar una instancia de negociación en los procesos de ejecución hipotecaria cuando el inmueble involucrado sea la vivienda única y permanente del deudor y su familia.

La propuesta fue recibida con críticas y reparos desde sectores de la oposición, que advierten que una regulación de este tipo podría alterar las condiciones del mercado hipotecario y desincentivar el otorgamiento de créditos para la compra de viviendas.

Para acceder a esta instancia deberá acreditar que el inmueble constituye su vivienda permanente y que no posee otro bien inmueble. Entre los elementos de prueba previstos se encuentra la inscripción al régimen de protección de la vivienda contemplado por el Código Civil y Comercial. Además, el deudor deberá presentar una propuesta concreta de pago.

A partir de allí, el acreedor hipotecario tendrá diez días para evaluar la propuesta. Podrá aceptarla, formular objeciones o presentar una contrapropuesta.

Margarita Recalde, autora de la iniciativa

Negociación, audiencia y posible nuevo plan de pagos

Si el acreedor acepta la propuesta, el juez podrá homologar el acuerdo y cerrar el incidente. En caso de que posteriormente el deudor incumpla el nuevo esquema de pagos, se retomaría la ejecución hipotecaria.

Si existe una contrapropuesta, el proyecto establece que el juez deberá convocar a una audiencia de negociación. Allí las partes podrán acordar diferentes condiciones, como plazos, modalidades de pago o eventuales quitas.

Por otro lado, si tampoco se alcanza un acuerdo, entraría en juego una instancia de evaluación socioambiental del deudor y su grupo familiar.

El informe deberá contemplar aspectos como la situación laboral, los ingresos y las condiciones socioeconómicas de quienes integran el grupo familiar.

Con esos elementos, el juez podría establecer un nuevo plan de pago o disponer el cierre del incidente y permitir que continúe la ejecución hipotecaria.

El proyecto fija, además, un límite de 90 días para todo el procedimiento incidental.

Qué cambia para los acreedores

La iniciativa no elimina la posibilidad de ejecutar una hipoteca ni impide definitivamente que el acreedor pueda recuperar el inmueble. El cambio central consiste en incorporar una instancia adicional antes de llegar a esa etapa.

El proyecto plantea que, frente a una vivienda única, el juez pueda intervenir para intentar compatibilizar el derecho del acreedor a cobrar con la posibilidad del deudor de conservar su hogar.

En paralelo, la propuesta modifica el artículo 549 del Código Procesal Civil y Comercial. En las ejecuciones hipotecarias, la sentencia de remate debería ser notificada al domicilio real del deudor y acompañada por la transcripción del nuevo artículo 595 bis.

La defensa del derecho a la vivienda

En los fundamentos, Recalde sostiene que el objetivo es "salvaguardar la vivienda centro de desarrollo y vida del núcleo familiar" y generar una última instancia para que el deudor pueda cumplir con sus obligaciones sin perder su propiedad.

La diputada fundamenta la iniciativa en el reconocimiento constitucional del derecho a una vivienda digna y menciona tanto el artículo 14 bis de la Constitución Nacional como distintos tratados internacionales incorporados con jerarquía constitucional.

También recuerda que la Constitución bonaerense contempla el derecho a la vivienda en su artículo 36.

El proyecto sostiene que el Estado debe generar herramientas que permitan hacer efectivos esos derechos, especialmente cuando existe una situación de vulnerabilidad económica.

El antecedente de la refinanciación hipotecaria

Entre los antecedentes citados aparece la Ley 25.798, sancionada durante el gobierno de Néstor Kirchner en 2003, que creó un sistema de refinanciación hipotecaria orientado a proteger a familias con dificultades para afrontar sus créditos.

También se menciona como antecedente una legislación aprobada en Entre Ríos en 2012 y distintos proyectos presentados anteriormente en la Legislatura bonaerense.

Según los fundamentos, la protección de la vivienda no debería significar desconocer los derechos de los acreedores, sino generar mecanismos para que ambas partes puedan llegar a una solución antes de la instancia extrema de la ejecución.

La advertencia de la oposición: ¿protección o desincentivo al crédito?

El avance del proyecto abrió un debate político y económico que probablemente se profundice durante su tratamiento en las próximas comisiones.

Mientras sus impulsores sostienen que busca evitar que una familia pierda su única vivienda por dificultades para afrontar una deuda hipotecaria, desde sectores opositores aparecen reparos sobre el impacto que una mayor intervención judicial podría tener sobre el mercado inmobiliario.

La principal preocupación apunta a los incentivos para otorgar créditos. Si el acreedor enfrenta mayores dificultades, plazos adicionales o incertidumbre respecto de la recuperación de una propiedad ante un incumplimiento, advierten que las entidades podrían endurecer las condiciones para prestar dinero o directamente reducir la oferta de financiamiento hipotecario.

El punto será especialmente sensible en un mercado donde el acceso al crédito resulta determinante para ampliar la cantidad de familias que pueden comprar una vivienda.

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