25/08/2026 - Edición Nº1295

Política

Fuerzas Armadas

Decreto de Milei y Presti por OSFA: qué se oficializó y cómo impacta en afiliados

25/08/2026 | La medida representa un nuevo paso en la transformación institucional iniciada en febrero. El presidente de OSFA tendrá rango de secretario.



El Gobierno nacional aprobó la nueva estructura organizativa de la Obra Social de las Fuerzas Armadas (OSFA), el organismo que reemplazó al Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA), mediante el Decreto 778/2026 publicado este martes en el Boletín Oficial.

La norma, firmada por el presidente Javier Milei y el ministro de Defensa, Carlos Presti, establece la estructura de conducción y los distintos niveles operativos de la nueva entidad, además de definir las funciones de su Gerencia General y el régimen aplicable al personal.

La medida representa un nuevo paso en la transformación institucional iniciada en febrero, cuando el Gobierno disolvió el IOSFA y creó en su lugar la OSFA como ente autárquico dentro de la órbita del Ministerio de Defensa.

El cambio se produce, además, en medio de cuestionamientos de afiliados y representantes del sector por la situación financiera y prestacional de la obra social, así como por las modificaciones introducidas en el régimen de afiliaciones.

Qué es OSFA y qué pasó con IOSFA

La Obra Social de las Fuerzas Armadas (OSFA) fue creada mediante el Decreto 88/2026, que dispuso la disolución del IOSFA y estableció un nuevo esquema institucional para brindar cobertura sanitaria a integrantes de las Fuerzas Armadas y sus grupos familiares, bajo la órbita del Ministerio de Defensa.

El IOSFA había concentrado la cobertura de salud de personal militar y de otras fuerzas vinculadas al sistema de defensa. Su reemplazo por la OSFA forma parte de una reorganización impulsada por el Gobierno con el argumento de mejorar la gestión, reducir la burocracia y dotar al organismo de mayor capacidad operativa.

El decreto de febrero también había establecido que el Poder Ejecutivo debía aprobar posteriormente la estructura orgánica y funcional de la nueva obra social. Ese proceso se completa ahora con el Decreto 778/2026.

Carlos Presti y el canciller Pablo Quirno

Una conducción con rango de Secretaría y Subsecretaría

Uno de los aspectos centrales de la nueva norma es la definición de la jerarquía de las autoridades de OSFA.

El presidente de la obra social tendrá rango y jerarquía de secretario, mientras que los restantes integrantes del Directorio tendrán rango y jerarquía de subsecretarios.

El Directorio será acompañado por un Gerente General, un cargo extraescalafonario que tendrá una remuneración equivalente al 90% de la correspondiente a un subsecretario.

En tanto, la Gerencia General tendrá un papel central en la administración cotidiana de la entidad. Entre sus funciones estará asistir al Directorio en la gestión operativa, realizar el seguimiento de las decisiones adoptadas y coordinar el funcionamiento de las distintas gerencias.

También deberá colaborar en la planificación y seguimiento de las prestaciones, asesorar sobre el modelo de gestión y promover mecanismos de mejora continua de los procesos y de la calidad de los servicios.

Cómo queda organizada la nueva obra social

El Decreto 778/2026 aprueba tanto la estructura de primer nivel operativo como la de segundo nivel operativo de OSFA.

Además, los cargos de la obra social son incorporados al Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP).

El objetivo declarado por el Gobierno es dotar a la nueva entidad de la capacidad institucional necesaria para cumplir con sus funciones y establecer una estructura bajo parámetros de "desburocratización, eficiencia y eficacia".

El costo de la reorganización será afrontado con los créditos presupuestarios asignados a la propia OSFA.

El cambio llega en medio de críticas por la cobertura

La reorganización administrativa ocurre mientras persisten cuestionamientos sobre el funcionamiento de la cobertura sanitaria para los integrantes de las Fuerzas Armadas y sus familias.

Durante 2026, afiliados de distintas ciudades denunciaron dificultades para acceder a prestaciones, demoras y problemas administrativos. Entre las localidades mencionadas en los reclamos estuvieron Mar del Plata, Trelew, Bahía Blanca y Tucumán.

El universo de beneficiarios informado en el contexto de la transición ronda las 343.000 personas.

A esto se sumaron cuestionamientos sobre la situación financiera heredada del IOSFA. Al momento de su disolución, el Gobierno reconoció una deuda cercana a los $200.000 millones, mientras que referentes que siguen la situación del organismo señalaron cifras superiores.

Uno de ellos fue Marcelo Seguini, asesor de la Cámara de Diputados en temas de Defensa, quien cuestionó públicamente la situación económica y prestacional de la entidad y sostuvo que la deuda habría superado los $300.000 millones.

Esos números forman parte de una fuerte discusión política sobre las causas del deterioro financiero del sistema y sobre las responsabilidades de las distintas administraciones.

La polémica por las esposas de militares

Uno de los cambios más sensibles introducidos durante la transición hacia OSFA estuvo relacionado con el régimen de afiliaciones.

El Decreto 88/2026 estableció nuevas reglas para definir quiénes integran el grupo familiar primario del afiliado titular. Allí se contempla al cónyuge, pero también se establece que quienes cuenten con cobertura de determinados agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud quedan excluidos de la cobertura de la nueva obra social.

En la práctica, esto puede afectar a cónyuges de integrantes de las Fuerzas Armadas que tengan una obra social propia vinculada a su actividad laboral.

La regla generó críticas porque puede producir situaciones diferentes dentro de familias con características similares: mientras una esposa que no tiene una cobertura propia puede conservar la afiliación, otra que trabaja y cuenta con una obra social comprendida dentro del sistema nacional puede quedar excluida.

La medida no alcanza de la misma manera a todas las coberturas. Entre las excepciones señaladas en los reclamos aparecen las obras sociales provinciales, como IOMA, y las prepagas contratadas de manera particular.

Protesta del 2025 en IOSFA

Reclamos por aportes y prestaciones

Los cambios también generaron cuestionamientos sobre la relación entre los aportes realizados durante años y la continuidad de la cobertura.

Seguini planteó públicamente que la exclusión de determinadas cónyuges implica una situación que debería ser discutida desde el punto de vista de los aportes realizados durante la carrera laboral y familiar del personal militar.

"Sería bueno que devolvieran entonces los 42 años de aportes hechos por ellas en la carrera de sus esposos o parejas", sostuvo el asesor parlamentario, al cuestionar la nueva regulación.

El reclamo se produce en un contexto particularmente delicado: la transformación de IOSFA en OSFA no solo implica un cambio de nombre, sino también una modificación del esquema institucional y de afiliaciones.

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