27/08/2026 - Edición Nº1297

Política

Provincia de Buenos Aires

Nueva ley en PBA: qué derechos tendrán las personas en situación de calle

27/08/2026 | El proyecto de Fagioli quedó sancionado en la Cámara de Diputados bonaerense: uso de la vía pública y más.



La Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires convirtió en ley este jueves el proyecto del senador Federico Fagioli (Fuerza Patria) que garantiza los derechos de las personas en situación de calle. Se aprobó sobre tablas, en la cuarta sesión ordinaria del año, encabezada por Alejandro Dichiara.

El texto ya tenía media sanción del Senado bonaerense desde el 2 de octubre de 2025. Con el visto bueno de Diputados quedó sancionado. Ahora falta un solo paso: que el gobernador Axel Kicillof lo promulgue.

La norma alcanza a dos grupos: quienes duermen en la calle o en espacios públicos, y quienes están a punto de terminar ahí. Y le fija obligaciones al Estado provincial que hasta ahora no existían.

Qué derechos garantiza la nueva ley

El proyecto de ley presentado por Federico Fagioli sancionado en la Cámara de Diputados bonaerense busca garantizar derechos a las personas en situación de calle en la provincia de Buenos Aires.

El proyecto tiene 11 artículos que enumeran derechos y deberes. Los principales:

  • Vivienda. El Estado provincial debe elaborar políticas públicas de vivienda y los planes de construcción tienen que reservar "una cuota o proporción" para estos casos.
  • Documentos gratis. La Provincia debe tramitar sin costo partida de nacimiento, DNI y las claves de inscripción laboral y tributaria.
  • Atención sin DNI. El artículo 6 es tajante: "En ningún caso se podrá negar atención a personas en situación de calle o en riesgo de situación de calle por falta de documento nacional de identidad u otra documentación".
  • Salud y trabajo. Acceso pleno a servicios socioasistenciales y a salud integral —física, mental, emocional y social—, y a programas de apoyo para conseguir empleo.
  • Uso de la vía pública. Tienen derecho a usar los espacios públicos sin discriminación. El Estado "debe evitar el uso coercitivo de la fuerza pública" y agotar antes todas las instancias de asistencia.

La ley define la situación de calle como un "estado de vulnerabilidad social extrema". Y aclara que sus disposiciones son de orden público: rigen en los 135 municipios y no se pueden dejar de lado por acuerdo entre partes.

Quién entra en "riesgo a la situación de calle"

Es la parte menos conocida del texto y la que amplía más el alcance. La ley considera en riesgo a tres grupos:

  • Quienes están internados en instituciones médicas, asistenciales o penitenciarias, tienen fecha de salida y no tienen dónde ir.
  • Quienes fueron notificados de un desalojo inminente o de una sentencia firme y no tienen plata para alquilar.
  • Quienes viven en asentamientos precarios sin servicios públicos esenciales o hacinados, y que no figuran como barrios populares en el registro de la Ley 27.453.

Es decir: la norma no espera a que la persona esté durmiendo en la vereda.

Quién se hace cargo de aplicarla

La autoridad de aplicación será la Dirección de Atención a Familias en Situación de Calle de la provincia de Buenos Aires, un organismo que ya existe. La ley no crea una estructura nueva ni fija un presupuesto propio.

Ese es el punto flojo. La ley nacional equivalente, sancionada en 2021, arrastra desde entonces reclamos por falta de partidas.

Por qué la Provincia dicta su propia ley

Provincia de Buenos Aires.

Acá está el fondo del asunto. Buenos Aires ya tenía la Ley 13.956, de diciembre de 2008, pero solo creaba un programa de asistencia: comida, atención médica y alojamiento transitorio. No hablaba de derechos.

En 2021 el Congreso sancionó la Ley 27.654, que fue el modelo del texto bonaerense. La escribió el propio Fagioli, entonces diputado nacional, perteneciente al sector de Juan Grabois.

El 2 de junio de 2025, el gobierno de Javier Milei modificó esa ley por el Decreto 373/2025. Le sacó al Estado nacional la intervención directa, pasó la autoridad de aplicación a la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia y dejó en manos de las provincias la respuesta inmediata.

Traducido: Nación se corrió y las provincias quedaron a cargo. La ley que se sancionó este jueves es la respuesta bonaerense a ese corrimiento.

Cómo se destrabó la votación

El proyecto estuvo frenado meses. En julio, La Libertad Avanza había aceptado tratarlo a cambio de que le aprobaran su cambio de autoridades, pero el PRO y el radicalismo no dieron los dos tercios necesarios y todo se cayó.

Este jueves funcionó. Fuerza Patria acompañó el recambio libertario —Juan Osaba pasó a presidir el bloque y Agustín Romo asumió la vicepresidencia tercera de la Cámara— y el proyecto de Fagioli entró en el sobre tablas. Se aprobó minutos después.

Qué falta para que empiece a regir

La ley está sancionada, pero todavía no está vigente. Faltan dos pasos:

  • La promulgación del Poder Ejecutivo provincial y su publicación en el Boletín Oficial.
  • La reglamentación, que define plazos, circuitos y presupuesto.

Hasta que eso ocurra, sigue rigiendo el esquema de la Ley 13.956 de 2008.

TM

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