El Gobierno de Javier Milei dispuso la intervención de la empresa Construcción de Vivienda para la Armada (COVIARA), una sociedad que depende del Ministerio de Defensa y que atraviesa un proceso de transformación iniciado durante 2025.
La medida fue establecida mediante el Decreto 817/2026, firmado por el Presidente, el ministro de Defensa, Carlos Presti, y el ministro de Economía, Luis Caputo.
El objetivo declarado es destrabar las actuaciones pendientes para convertir a COVIARA en una Sociedad Anónima Unipersonal (COVIARA S.A.U.) y avanzar luego en su fusión por absorción con Playas Ferroviarias de Buenos Aires Sociedad Anónima.
La intervención tendrá una duración de 180 días hábiles y estará a cargo del capitán de navío Marcial Eduardo Pérez.
La decisión se explica, principalmente, por la falta de una conducción completa de la empresa.
COVIARA había quedado con su máxima autoridad vacante luego de que el Ministerio de Defensa aceptara, mediante la Resolución 287/2026, la renuncia de su presidente del Directorio a partir del 31 de marzo de este año. A esto se sumó que permanecían vacantes otros cargos de directores.
Según los fundamentos del decreto, esa situación dificultaba la adopción y ejecución de las decisiones necesarias para avanzar con el proceso de transformación societaria.
El Gobierno sostiene que todavía quedaban pendientes actuaciones "societarias, registrales, patrimoniales, contables, contractuales, administrativas y operativas" para completar el proceso ordenado en 2025.
En ese contexto, la intervención busca concentrar temporalmente la conducción de la empresa en una sola autoridad y garantizar que las medidas pendientes puedan ejecutarse.
Para comprender la intervención actual es necesario remontarse al Decreto 117/2025.
COVIARA fue creada originalmente como Empresa del Estado mediante el Decreto 2042 de 1966, en jurisdicción del Ministerio de Defensa, como instrumento vinculado al cumplimiento de la Ley 14.135.
El esquema cambió con el proceso de transformación de las empresas estatales impulsado por la actual administración.
El Decreto 70/2023 derogó el régimen legal de funcionamiento de las Empresas del Estado y estableció que las sociedades o empresas con participación estatal debían transformarse en sociedades anónimas y adecuarse a la Ley General de Sociedades.
Posteriormente, la Ley de Bases 27.742 otorgó al Poder Ejecutivo facultades para avanzar, entre otras medidas, en procesos de reorganización de empresas y sociedades estatales.
Sobre esa base, el Decreto 117/2025 ordenó transformar COVIARA en una Sociedad Anónima Unipersonal. Pero la medida no terminaba allí.
El Decreto 117/2025 también estableció que, una vez concretada la transformación, COVIARA S.A.U. debía avanzar hacia una fusión por absorción con Playas Ferroviarias de Buenos Aires Sociedad Anónima.
La operación implica que COVIARA S.A.U. sería absorbida por esa sociedad, produciéndose la disolución de COVIARA sin liquidación, conforme al mecanismo previsto por la Ley General de Sociedades.
El Estado Nacional mantiene la titularidad del capital social y ejerce sus derechos como accionista único a través del Ministerio de Defensa durante el proceso.
El decreto firmado ahora por Milei no modifica ese objetivo. Por el contrario, busca darle un nuevo impulso para que finalmente pueda concretarse.
La designación recayó en el capitán de navío Marcial Eduardo Pérez, quien tendrá durante la intervención las facultades que normalmente corresponden al Directorio.
El decreto establece que ejercerá "en forma exclusiva la administración y representación" de COVIARA y de su continuadora COVIARA S.A.U.
Su tarea central será ejecutar las acciones necesarias para completar la transformación y avanzar con la posterior fusión. Para ello tendrá amplias atribuciones. Entre otras facultades, podrá designar y remover funcionarios y personal, realizar contrataciones de servicios y resolver o rescindir contratos existentes vinculados con la continuidad de las prestaciones de la sociedad o de terceros.
También estará habilitado para llevar adelante los actos jurídicos, administrativos, societarios, registrales, patrimoniales, contables, financieros y operativos que sean necesarios para cumplir con el objetivo fijado por el Gobierno.
La medida tiene una particularidad: el decreto no plantea una intervención abierta o indefinida de COVIARA.
El plazo está expresamente establecido en 180 días hábiles y el objetivo también está delimitado: terminar la transformación societaria y concretar la fusión prevista en el Decreto 117/2025.
En otras palabras, el Gobierno utiliza la intervención como una herramienta transitoria para resolver el problema de conducción que, según los fundamentos, estaba demorando la reorganización de la empresa.
La propia norma señala que la naturaleza y complejidad de las tareas pendientes requieren concentrar la responsabilidad ejecutiva para garantizar la continuidad del proceso.
Con la entrada en vigencia del decreto, COVIARA deja de estar condicionada por un Directorio incompleto y pasa a tener una conducción unificada durante el período establecido.
El interventor tendrá la responsabilidad directa de avanzar con las decisiones necesarias para completar una transformación que había sido ordenada más de un año atrás y que, según reconoce el propio Gobierno, todavía no había llegado a su resultado final.
El objetivo inmediato será entonces cerrar la transformación de la antigua Empresa del Estado en COVIARA S.A.U. y, posteriormente, concretar su absorción por Playas Ferroviarias.