El diputado nacional Miguel Ángel Pichetto presentó un proyecto de ley para crear un régimen simplificado de registración laboral y seguridad social destinado a personas humanas, microempresas y pequeñas empresas que tengan hasta cinco trabajadores en relación de dependencia.
La iniciativa, denominada “Monotributo Laboral para Micro Empleadores”, busca reducir la carga administrativa que enfrentan los pequeños empleadores para registrar trabajadores y pagar aportes y contribuciones, con el objetivo de promover el empleo formal y ampliar la cobertura de la seguridad social.
El proyecto parte de un diagnóstico: la informalidad laboral continúa representando una proporción significativa del mercado de trabajo argentino y se concentra especialmente en unidades productivas pequeñas, como comercios, emprendimientos familiares y microempresas.
Uno de los principales cambios que plantea el proyecto es la creación de una contribución mensual unificada por cada trabajador.
En lugar de afrontar distintos procedimientos para determinar e ingresar aportes y contribuciones vinculados con los diferentes subsistemas de la seguridad social, el empleador adherido pagaría una suma unificada.
Ese pago incluiría los aportes destinados al Sistema Integrado Previsional Argentino, el PAMI, el Régimen Nacional del Seguro de Salud, el Fondo Nacional de Empleo, el régimen de asignaciones familiares y el sistema de riesgos del trabajo.
La contribución no sería idéntica para todos los trabajadores. ARCA establecería escalas progresivas según la remuneración mensual, expresada en relación con el Salario Mínimo, Vital y Móvil.
Un punto establecido expresamente por el proyecto es que la contribución simplificada nunca podría representar una carga total superior a la que correspondería bajo el régimen general para esa misma remuneración.
El proyecto plantea un sistema de registración y pago completamente digital, gratuito y accesible mediante Clave Fiscal a través del sitio de ARCA.
El empleador podría realizar desde allí el alta del trabajador, consignando sus datos, fecha de ingreso, categoría, actividad y lugar donde presta servicios.
También debería informar mensualmente la remuneración, las horas trabajadas y otros conceptos relevantes, como vacaciones, ausencias, aguinaldo o afiliación sindical.
A partir de esa información, el sistema mostraría automáticamente los conceptos correspondientes a la actividad, categoría laboral y jornada, además del monto de la contribución que debe pagar el empleador.
También permitiría gestionar la baja del trabajador y obtener en cualquier momento una certificación de aportes, servicios y remuneraciones.
Uno de los puntos que el proyecto busca dejar expresamente establecido es que la simplificación administrativa no implicaría una reducción de derechos para los trabajadores.
La adhesión al régimen no modificaría los derechos y obligaciones establecidos por la legislación laboral, los estatutos particulares ni los convenios colectivos de trabajo.
Tampoco afectaría los beneficios derivados de las normas vigentes de protección laboral y seguridad social.
El trabajador registrado mediante este mecanismo tendría derecho a la cobertura previsional, de salud, riesgos del trabajo y prestaciones por desempleo previstas por las normas correspondientes.
En materia previsional, las contribuciones realizadas generarían derecho a las prestaciones del sistema jubilatorio de acuerdo con los requisitos vigentes. En salud, se mantendría la cobertura del régimen de obras sociales.
El proyecto incorpora además un mecanismo de regularización para pequeños empleadores que ya tengan trabajadores no registrados o deficientemente registrados al momento de entrada en vigencia de la eventual ley.
Quienes tengan hasta cinco trabajadores en esa situación podrían incorporarlos al régimen dentro de los seis meses posteriores a la entrada en vigencia.
A cambio de regularizar, la iniciativa contempla beneficios importantes sobre las obligaciones y sanciones acumuladas.
Entre ellos se incluyen la condonación de determinadas multas y sanciones, la posibilidad de salir del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) bajo las condiciones previstas y una condonación de deudas de capital e intereses vinculadas con distintos subsistemas de la seguridad social.
El proyecto establece que la condonación de las sumas adeudadas nunca podrá ser inferior al 80%, aunque los porcentajes concretos quedarían sujetos a la reglamentación.

Otra de las herramientas previstas es un beneficio para aquellos pequeños empleadores que incorporen por primera vez a un trabajador.
Durante los primeros seis meses de la relación laboral, la contribución mensual unificada tendría una reducción del 75%. Durante los seis meses siguientes, la reducción sería del 50%.
El beneficio se aplicaría únicamente cuando el empleador no hubiera registrado trabajadores en relación de dependencia durante los 12 meses anteriores a la contratación.
Así, el objetivo es facilitar que un pequeño comercio, emprendimiento o unidad productiva que actualmente trabaja sin empleados registrados pueda incorporar formalmente a su primer trabajador reduciendo inicialmente el costo contributivo.
La propuesta también incorpora un principio de estabilidad normativa.
Los empleadores que ingresen al régimen tendrían durante cinco años previsibilidad respecto de las contribuciones. En ese período, no podrían incrementarse por encima de los mecanismos de actualización que establezca la reglamentación.
La intención es que los pequeños empleadores puedan proyectar sus costos laborales con mayor previsibilidad.