El Gobierno de Javier Milei modificó el régimen de haberes de las fuerzas de seguridad federales y creó una batería de nuevos suplementos y compensaciones para policías, gendarmes, prefectos y agentes del Servicio Penitenciario Federal.
La medida quedó establecida mediante el Decreto 845/2026, firmado el 31 de agosto y publicado este martes 1 de septiembre en el Boletín Oficial.
El objetivo es adaptar el esquema salarial a la reorganización que el Gobierno viene implementando en los organismos de seguridad y reconocer económicamente tareas consideradas de mayor riesgo, complejidad o especialización.
El decreto alcanza a la Policía Federal Argentina (PFA), Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina, Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) y Servicio Penitenciario Federal (SPF).
Entre las principales novedades aparecen suplementos para personal sanitario, comandos y grupos especiales, adicionales por zonas estratégicas, pagos para quienes trabajan con presos de alto riesgo y un nuevo régimen de servicios extraordinarios para los agentes penitenciarios.

La norma parte de la reorganización que el Gobierno viene llevando adelante desde 2025 en las fuerzas federales.
En el caso de la Policía Federal, el Ejecutivo recuerda que la institución atraviesa una transformación para concentrar su actividad en la investigación de delitos federales y complejos.
Para Gendarmería y Prefectura, el decreto busca adaptar los suplementos a sus nuevas estructuras y funciones operativas. En tanto, para la PSA y el Servicio Penitenciario Federal se crean beneficios vinculados con destinos de alta complejidad, tareas de riesgo y funciones específicas.
Una característica que se repite en buena parte de los nuevos suplementos es que tienen carácter “no remunerativo y no bonificable”. Esto significa que se pagan como adicionales específicos mientras se cumplen las condiciones previstas, pero no se incorporan al haber remunerativo sobre el cual se calculan otros conceptos o beneficios previsionales.
Uno de los cambios más importantes es la creación del suplemento “Destino Estratégico de Operaciones” para personal de Gendarmería y Prefectura.
El beneficio está destinado a efectivos que participen de planes o programas operativos en lugares con índices críticos de conflictividad, dentro de la planificación definida por el Ministerio de Seguridad Nacional. El monto depende del grado y es una suma fija.
Para Gendarmería, por ejemplo, el decreto establece:
La misma escala se replica para los grados equivalentes de Prefectura. Por ejemplo, un Prefecto General tendrá un adicional de $1.384.073,60, mientras que un Marinero recibirá $451.148,21 si reúne las condiciones para acceder al suplemento.
El beneficio, sin embargo, no podrá alcanzar inicialmente a más del 16% del personal activo de Gendarmería y Prefectura. El Ministerio de Seguridad podrá ampliar temporalmente ese límite frente a situaciones críticas, con intervención de las áreas de Hacienda y Transformación del Estado.
El decreto también crea el suplemento “Alto Riesgo de Grupos Especiales” para personal de la Unidad de Operaciones Policiales Especiales (U.O.P.E.) de la Agrupación Albatros de Prefectura.
La medida apunta a reconocer tareas de riesgo directo vinculadas con operaciones especiales. La Agrupación Albatros interviene, entre otras actividades, en operaciones antiterroristas, búsqueda y salvamento, procedimientos contra el narcotráfico y localización de prófugos.
El adicional también podrá alcanzar al personal capacitado en Infantería que cumpla funciones dentro de esa agrupación, siempre que mantenga las aptitudes físicas y técnicas requeridas y participe de operaciones de alto riesgo.
La Policía Federal incorpora el suplemento “Responsabilidad Profesional Sanidad”, destinado a profesionales de la salud que trabajen en actividad dentro de la Superintendencia de Bienestar y cumplan tareas sanitarias específicas.
El porcentaje se calcula aplicando un coeficiente sobre el haber mensual correspondiente a cada grado.
Por ejemplo, para un agente, el coeficiente establecido es de 0,250, equivalente al 25% del haber mensual utilizado como base para el cálculo. Para un ayudante, el coeficiente es de 0,230; para un subinspector, 0,209; y para un comisario, 0,119.
La norma alcanza a profesionales con título habilitante que estén afectados a la atención sanitaria y busca reconocer la especialización necesaria para responder ante situaciones como heridas de bala, politraumatismos e intervenciones críticas.

La Policía de Seguridad Aeroportuaria también tendrá una nueva bonificación.
Se trata del “Destino de Alta Complejidad”, que alcanzará al personal destinado en las Unidades Operacionales de Seguridad Preventiva de categorías A y B.
La norma apunta especialmente a los aeropuertos con mayor volumen y complejidad operativa, entre ellos Ezeiza y Aeroparque, que concentran una parte sustancial del tráfico aéreo nacional e internacional.
Los montos son sumas fijas según el grado. Por ejemplo:
Este beneficio es incompatible con otros suplementos vinculados con jefatura, tarea jerárquica o cargos y funciones intermedias.
El cambio es particularmente amplio en el Servicio Penitenciario Federal.
El decreto crea cuatro suplementos específicos. Uno de ellos es para quienes trabajan con personas privadas de la libertad consideradas de alto riesgo. Los coeficientes van desde 0,311 para inspector general hasta 0,629 para subayudante.
También se crea el suplemento “Alto Riesgo de Grupos Especiales”, destinado al Grupo Especial de Intervención (G.E.I.), encargado de actuar ante alteraciones violentas del orden o traslados considerados de alto riesgo.
Además, habrá adicionales para el personal profesional de sanidad y para quienes integren el cuerpo especializado de Control y Registro.
Estos beneficios tampoco son acumulables entre sí en los casos establecidos expresamente por el decreto.
Otra de las novedades es la creación del “Servicio de Seguridad Adicional”, que permitirá al personal penitenciario prestar determinados servicios durante sus días francos.
Podrán ser servicios continuos o discontinuos y tendrán una duración de cuatro horas, con una extensión máxima de 30 minutos. El límite general será de 180 horas mensuales, descontándose de ese tope las horas correspondientes a otros servicios extraordinarios.
El decreto establece además que esos ingresos no sufrirán descuentos a los fines del retiro y que los accidentes ocurridos durante esas tareas serán considerados como sucedidos “en actos de servicio”.
El Gobierno también creó la compensación “Recargo de Servicios” para agentes penitenciarios que realicen tareas extraordinarias.
El pago comienza cuando el servicio excede las tres horas diarias. Si supera las cinco horas, se aplicará un adicional equivalente al 100% del valor correspondiente.
Por ejemplo, para un inspector general, el valor fijado para servicios de entre tres y cinco horas es de $35.274,06. Si supera las cinco horas, asciende a $70.548,11.
Para un subalcaide, los valores son de $16.993,10 y $33.986,20, respectivamente.
El límite vuelve a ser de 180 horas mensuales, descontando las horas utilizadas en servicios de seguridad adicional.
El decreto también fija los ingresos mensuales de quienes se encuentran en formación dentro del Servicio Penitenciario Federal.
Un cadete de primer año tendrá un haber mensual de $779.942,83, mientras que un aspirante percibirá $894.362,74.
A esos montos podrán sumarse los suplementos y compensaciones correspondientes cuando se cumplan las condiciones establecidas.
Así, la lógica central es pagar adicionales según riesgo, destino, especialización, complejidad operativa y responsabilidad profesional, en lugar de mantener un sistema uniforme para todo el personal.