Estados Unidos amplió el 3 de septiembre su régimen de sanciones contra Cuba al incorporar al Banco Exterior de Cuba, Comercial Cupet, ABAPET, Nicarotec y CEXNI a la lista de Nacionales Especialmente Designados de la OFAC. La medida, adoptada bajo la Orden Ejecutiva 14404, bloquea bienes e intereses sujetos a jurisdicción estadounidense y prohíbe a personas de EE.UU. operar con los designados, salvo autorización expresa.
El paquete consolida una estrategia que ya había pasado del castigo a funcionarios a la presión sobre sectores completos de la economía estatal cubana. Washington había sancionado en junio a Unión Cuba Petróleo, a la que OFAC vincula a ABAPET, y ahora alcanza piezas de comercio exterior, abastecimiento, banca y minería, ampliando la presión sobre el petróleo cubano. También fue designado Fidel Ernesto Castro Calis, nieto de Raúl Castro.
El punto más sensible es el Banco Exterior de Cuba, una institución orientada al financiamiento y las operaciones internacionales del comercio cubano. Su inclusión en la lista SDN no elimina por sí sola todas las transacciones globales, pero incrementa el riesgo de cumplimiento para bancos extranjeros: la Orden Ejecutiva 14404 permite sancionar a instituciones financieras que faciliten operaciones significativas para personas bloqueadas.
En energía, Comercial Cupet figura ante OFAC como empresa estatal dedicada al comercio mayorista de combustibles, mientras ABAPET aparece vinculada a Unión Cuba Petróleo y clasificada como mayorista de maquinaria y equipos. La designación se extiende además a Nicarotec y CEXNI, empresas ligadas a servicios mineros y al abastecimiento del níquel en Holguín. El resultado es una presión coordinada sobre tres circuitos que generan o consumen divisas: banca corporativa, hidrocarburos y minería.

El alcance tiene límites que conviene separar del discurso político. La designación no equivale a una prohibición mundial automática de comerciar con Cuba, y OFAC mantiene licencias para determinadas operaciones, incluidas actividades diplomáticas y categorías autorizadas bajo el régimen cubano. Sin embargo, el riesgo de sanciones secundarias y de bloqueo de activos puede inducir a bancos, aseguradoras, navieras y proveedores extranjeros a reducir exposición, incluso cuando una operación no esté expresamente prohibida.

La próxima prueba será la capacidad de La Habana para sostener pagos internacionales y conseguir suministros energéticos e industriales sin elevar aún más sus costos de intermediación. Washington ya no concentra la presión en una sola vía: combina sanciones a personas, empresas matrices, subsidiarias, bancos y sectores estratégicos. Si las entidades extranjeras reaccionan restringiendo crédito, seguros o servicios, el efecto podría sentirse más en la logística y el financiamiento que en una incautación directa de activos cubanos.