15/09/2026 - Edición Nº1316

Política

Senado

Seguridad privada en Argentina: buscan unificar reglas en boliches y canchas

15/09/2026 | Uno de los puntos centrales es la fijación de requisitos básicos para el personal de seguridad privada. Los distintos casos.



La senadora de La Cámpora Anabel Fernández Sagasti presentó un proyecto de ley que busca crear un régimen nacional de seguridad privada y control de admisión y permanencia, con estándares mínimos obligatorios para todo el país.

La iniciativa apunta a ordenar una actividad que actualmente se encuentra regulada por distintas normas provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires, con requisitos y niveles de fiscalización que pueden variar según el distrito.

El proyecto propone integrar en un mismo marco legal a los servicios de vigilancia, custodia, transporte de valores, monitoreo y seguridad tecnológica, junto con las tareas que realizan los controladores de admisión y permanencia en boliches, recitales, espectáculos deportivos y otros eventos masivos.

La propuesta mantiene las competencias de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires, pero establece un piso común de requisitos, capacitación y controles. Al mismo tiempo, busca facilitar la circulación de empresas y trabajadores entre distintas jurisdicciones y mejorar el intercambio de información sobre habilitaciones, sanciones e inhabilitaciones.

Sagasti sostiene que esa evolución no fue acompañada por un marco nacional uniforme. En sus fundamentos advierte sobre la existencia de "veinticuatro marcos normativos locales disímiles", con diferencias en los requisitos de habilitación, formación y controles.

Anabel Fernández Sagasti, autora de la propuesta

Qué actividades quedarían reguladas

El proyecto define a la seguridad privada como la actividad destinada a proteger personas, bienes y valores y prevenir riesgos mediante distintos tipos de servicios.

Entre ellos incluye:

  • Vigilancia física de personas, bienes y establecimientos.
  • Custodia personal.
  • Custodia y transporte de valores.
  • Monitoreo y verificación de alarmas.
  • Vigilancia mediante sistemas tecnológicos.
  • Instalación, mantenimiento e integración de sistemas de seguridad.

Los servicios se dividirían, como mínimo, en vigilancia física, vigilancia electrónica o tecnológica, custodia personal y transporte de valores.

Las provincias y la Ciudad de Buenos Aires podrían crear categorías o modalidades adicionales, siempre que respeten los estándares mínimos nacionales.

Los requisitos para trabajar como vigilador

Uno de los puntos centrales es la fijación de requisitos básicos para el personal de seguridad privada.

El proyecto establece que deberán ser mayores de 18 años, ser ciudadanos argentinos o acreditar residencia legal en el país, haber terminado la educación secundaria o equivalente, demostrar aptitud psicofísica y no registrar antecedentes penales incompatibles con la actividad.

También deberán acreditar capacitación específica de acuerdo con la función que desempeñen.

El texto diferencia entre personal de vigilancia sin armas, personal de vigilancia con armas y personal técnico vinculado con tecnologías de seguridad.

Dentro de este último grupo aparecen tres perfiles: responsable técnico, técnico instalador de sistemas de seguridad y operador de monitoreo.

La capacitación no sería únicamente inicial. El proyecto establece instancias de formación continua, con contenidos mínimos que deberán ser definidos por la reglamentación.

Qué no podrán hacer los agentes de seguridad privada

La iniciativa establece una frontera clara entre la seguridad privada y las funciones propias del Estado.

El personal no podrá ejercer tareas correspondientes a las fuerzas policiales o de seguridad, ni realizar por iniciativa propia actividades de inteligencia o investigación criminal.

Tampoco podrá intervenir en conflictos políticos, sindicales o laborales, discriminar en el trato con las personas ni utilizar la fuerza de manera desproporcionada o fuera de los límites legales.

Entre las obligaciones de las empresas aparece además la de comunicar inmediatamente a las autoridades cualquier hecho delictivo del que tomen conocimiento.

La intención es evitar que la expansión de la seguridad privada implique una transferencia de funciones que corresponden exclusivamente al Estado.

Nuevas reglas para los controladores de admisión y permanencia

El proyecto también incorpora dentro del mismo régimen a los trabajadores que realizan tareas de control de admisión y permanencia.

La actividad comprende la regulación del ingreso, permanencia y egreso del público en eventos, espectáculos y establecimientos de acceso público, con el objetivo de preservar la seguridad y prevenir situaciones de riesgo.

El texto contempla recitales, espectáculos artísticos, eventos deportivos, actividades de entretenimiento y otros lugares donde se concentren grandes cantidades de personas.

Los controladores deberán actuar bajo principios de respeto a la dignidad, igualdad de trato, no discriminación, resolución pacífica de conflictos y uso racional y proporcional de los medios disponibles.

Sin armas, requisas invasivas ni retención de documentos

Uno de los aspectos más concretos del proyecto está relacionado con los límites que tendrán los controladores.

El artículo 19 establece que no podrán portar ni utilizar armas de ningún tipo. Tampoco podrán realizar funciones policiales, efectuar requisas invasivas o retener documentación personal.

Además, deberán abstenerse de ejercer violencia, salvo situaciones excepcionales de legítima defensa.

La capacitación tendrá un componente específico en derechos humanos, resolución de conflictos y primeros auxilios. Los fundamentos también destacan la importancia de incorporar herramientas como la mediación verbal, la asistencia ante emergencias y la reanimación cardiopulmonar.

Qué pasaría con los servicios que cruzan provincias

El proyecto también apunta a resolver un problema particularmente relevante para empresas que trabajan en más de una jurisdicción.

El transporte de valores, las custodias móviles y otros servicios pueden atravesar diariamente límites provinciales. Por eso, la iniciativa establece un mecanismo de reconocimiento interjurisdiccional para quienes estén habilitados en una jurisdicción adherida.

El reconocimiento quedaría sujeto al cumplimiento de los estándares nacionales y de los requisitos que cada provincia establezca para operar dentro de su territorio.

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