El proyecto de Presupuesto 2027 presentado por el Gobierno nacional abrió una nueva polémica en torno a las políticas destinadas a las personas con discapacidad.
Más allá de las partidas asignadas al área, el texto propone modificar aspectos centrales del régimen vigente, desde el acceso a las pensiones hasta la forma en que se determinan los valores de las prestaciones.
Entre los principales cambios aparecen nuevas condiciones para acceder y mantener una pensión, modificaciones sobre el rol del Certificado Único de Discapacidad (CUD), restricciones para compatibilizar el beneficio con un trabajo formal y una reforma del Nomenclador de Prestaciones Básicas.
Las modificaciones están contenidas principalmente en los artículos 37, 39 y 41 del proyecto y ya generaron cuestionamientos de sectores de la oposición. El debate se produce, además, mientras la Cámara de Diputados discute la prórroga de la emergencia en discapacidad.
‼️ ATENCIÓN CON ESTA BOMBA @nachogiron
— maxi ferraro (@maxiferraro) September 16, 2026
LA LIBERTAD AVANZA NO SE DETIENE EN SU CRUELDAD HACIA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Inhumanos, insensibles, cínicos y tramposos.
En pleno debate del plenario de comisiones emplazadas, y con fecha de dictamen ya fijada para tratar la… https://t.co/umZ0thZLKe
Uno de los puntos centrales está relacionado con el acceso a las pensiones. El proyecto modifica el esquema establecido por la Ley 27.793 y cambia el papel que tiene actualmente el Certificado Único de Discapacidad como mecanismo para acreditar la condición de discapacidad a los efectos de la prestación.
De acuerdo con el texto y los análisis difundidos tras su presentación, parte de las condiciones específicas de acceso quedarían sujetas a la reglamentación posterior del Poder Ejecutivo.
Otro cambio importante afecta la relación entre la pensión y el empleo. La legislación vigente contempla la compatibilidad de la prestación con determinados ingresos provenientes del trabajo registrado o del monotributo, dentro de ciertos límites.
El proyecto modifica esa lógica y establece incompatibilidades vinculadas con el empleo registrado y la inscripción tributaria. Este punto despertó especialmente críticas porque podría afectar a personas con discapacidad que ingresen al mercado laboral formal, aun cuando se trate de trabajos con ingresos reducidos.
También se modifica el mecanismo que permitía suspender temporalmente la prestación durante el período laboral y recuperarla posteriormente cuando finalizara la relación de trabajo.

El segundo gran cambio aparece en el sistema que determina cuánto se paga por las prestaciones de discapacidad.
El artículo 39 propone modificar el artículo 7° bis de la Ley 24.901 y altera el funcionamiento del Nomenclador de Prestaciones Básicas, que actualmente funciona como referencia para establecer los valores de servicios destinados a las personas con discapacidad.
Con el nuevo esquema, dejaría de existir un único valor obligatorio para todos los financiadores. Obras sociales, prepagas y jurisdicciones podrían aplicar valores diferentes, uno de los puntos que genera preocupación entre prestadores por una eventual fragmentación del sistema.
También cambia la actualización de esos montos. El esquema vigente contempla mecanismos de actualización vinculados con la movilidad, mientras que el proyecto establece una actualización trimestral para determinadas prestaciones.
A su vez, se eliminan disposiciones incorporadas por la Ley de Emergencia en Discapacidad, entre ellas herramientas destinadas a analizar periódicamente la estructura de costos de los prestadores.
El Gobierno sostiene desde el año pasado que la implementación plena de la Ley 27.793 requería identificar las fuentes de financiamiento necesarias. Al promulgarla, el Ejecutivo dejó su ejecución suspendida hasta que el Congreso incorporara las partidas correspondientes al Presupuesto.

El artículo 41 concentra otra parte de las modificaciones. El proyecto propone derogar artículos de la Ley 27.793 vinculados con la cobertura de salud y con el traspaso de beneficiarios al nuevo régimen.
Entre ellos aparece el artículo 8° de esa norma, que establecía garantías de cobertura para titulares de pensiones tomando como referencia las prestaciones básicas contempladas por la Ley 24.901.
También se propone eliminar el artículo 9°, relacionado con el traspaso de las pensiones existentes hacia el nuevo esquema creado por la legislación de emergencia.
Por ese motivo, la discusión excede el monto que el Presupuesto destinará a discapacidad durante 2027: el proyecto también busca modificar normas permanentes que regulan derechos, prestaciones y condiciones de acceso.
Las modificaciones generaron fuertes cruces durante el debate parlamentario. El presidente del bloque de La Libertad Avanza en Diputados, Gabriel Bornoroni, defendió la posición del oficialismo y afirmó: “La calidad de los discapacitados va aumentando cada día un poquito mejor”.
🚨 @BornoroniG : "La calidad de los discapacitados va aumentando cada día un poquito mejor"
— El Economista (@ElEconomista_) September 16, 2026
📹 @infobaenvivo pic.twitter.com/PrLy4LdIEm
Desde sectores opositores, en cambio, cuestionaron el capítulo incorporado al Presupuesto y reclamaron que sea modificado antes de llegar al recinto.
“Nadie entiende qué quiso hacer el oficialismo con el presupuesto para discapacidad incluido en el Presupuesto Nacional 2027”, plantearon durante el debate en comisiones. También anticiparon su intención de rechazar ese capítulo si el oficialismo mantiene la redacción actual y avanzar, en paralelo, con la prórroga de la emergencia.
#Discapacidad o #Casta?
— Eduardo Falcone (@dipfalcone) September 16, 2026
En el plenario de comisiones de @DiputadosAR .
Nadie entiende que quiso hacer el oficialismo con el presupuesto para discapacidad incluido en el Presupuesto Nacional 2027.
Mirá que tienen rubros para ajustar, y joden al sector más débil de la sociedad???.… pic.twitter.com/FdHCwSOw84
La discusión tendrá ahora su capítulo central en el Congreso. El proyecto de Presupuesto todavía debe atravesar el tratamiento en comisión y posteriormente ser sometido a votación, por lo que las modificaciones propuestas por el Poder Ejecutivo aún no están vigentes.