21/09/2026 - Edición Nº1322

Economía

obligaciones tributarias

Impuesto a las Ganancias: ARCA prorroga un plazo pero sostiene otro clave

21/09/2026 | Tras la sanción de la Ley de Inocencia Fiscal 2, los contadores aguardan la reglamentación para presentar las Declaraciones Juradas.



Este lunes, el gobierno nacional prorrogó una vez más el plazo para la presentación de la Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias, correspondiente al período fiscal 2025.

En el Boletín Oficial, se publicó la Resolución General 5898/2026 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ex AFIP, que confirma el cambio del vencimiento que operaba mañana martes 22 de septiembre.

El cambio se debe a la sanción de la Ley de Inocencia Fiscal “bis”, que fue votada en el Senado la semana pasada, pero que resta ser reglamentada.

¿Cuándo opera el nuevo vencimiento?

A partir de este cambio, los contribuyentes que debían presentar mañana su Declaración Jurada del período 2025 tendrán tiempo hasta el martes 13 de octubre.

No obstante, cabe recordar que el plazo de pago expiró el 27 de julio pasado.

Asimismo, el vencimiento del primer anticipo del período fiscal 2026 se mantiene:

  • Jueves 24: para los CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3
  • Viernes 25: para los CUIT terminados en 4, 5 y 6
  • Lunes 28: para los CUIT terminados en 7, 8 y 9

El monto a pagar deberá calcularse en base a los datos de los papeles de trabajo, si por la falta de presentación de la Declaración Jurada 2025 no aparece en “Cuentas Tributarias”.

¿Por qué una nueva prórroga?

El jueves 17, el Senado de la Nación votó afirmativamente el proyecto de Ley de Inocencia Fiscal "bis", que venía con media sanción de Diputados.

Aún resta que la Ley sea promulgada y luego avanzar con las reglamentaciones correspondientes por parte del Ministerio de Economía y de la propia ARCA.

En función de los plazos previstos para ese recorrido burocrático, se posterga el vencimiento de la presentación de la Declaración Jurada para que el cumplimiento de la obligación pueda realizarse con la nueva Ley.

El motivo principal es el universo de beneficiarios potencialmente alcanzados por el régimen. La nueva Ley modifica los requisitos para poder ingresar al Régimen Simplificado de Ganancias, y por ende, amplía la cantidad de contribuyentes que podrían ingresar al mismo.

En ese marco, si se presentaran las declaraciones juradas mañana martes, muchos contribuyentes quedarían afuera. En cambio, una vez reglamentada la Ley, podrán sumarse al régimen simplificado muchos más interesados.