Este lunes, el gobierno nacional prorrogó una vez más el plazo para la presentación de la Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias, correspondiente al período fiscal 2025.
En el Boletín Oficial, se publicó la Resolución General 5898/2026 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ex AFIP, que confirma el cambio del vencimiento que operaba mañana martes 22 de septiembre.
El cambio se debe a la sanción de la Ley de Inocencia Fiscal “bis”, que fue votada en el Senado la semana pasada, pero que resta ser reglamentada.
A partir de este cambio, los contribuyentes que debían presentar mañana su Declaración Jurada del período 2025 tendrán tiempo hasta el martes 13 de octubre.
📅 Extendimos el plazo para la presentación de Ganancias de personas humanas.
— ARCA | Agencia de Recaudación y Control Aduanero (@ARCA_informa) September 21, 2026
La declaración jurada correspondiente al período fiscal 2025 podrá presentarse hasta el 13 de octubre.
👉 En tanto, el vencimiento del primer anticipo de Ganancias 2026 se mantiene el 24 de… pic.twitter.com/Ya4m5UM89z
No obstante, cabe recordar que el plazo de pago expiró el 27 de julio pasado.
Asimismo, el vencimiento del primer anticipo del período fiscal 2026 se mantiene:
El monto a pagar deberá calcularse en base a los datos de los papeles de trabajo, si por la falta de presentación de la Declaración Jurada 2025 no aparece en “Cuentas Tributarias”.
El jueves 17, el Senado de la Nación votó afirmativamente el proyecto de Ley de Inocencia Fiscal "bis", que venía con media sanción de Diputados.
Aún resta que la Ley sea promulgada y luego avanzar con las reglamentaciones correspondientes por parte del Ministerio de Economía y de la propia ARCA.
Con 44 votos afirmativos y 23 votos negativos queda aprobado en general el proyecto de ley de "Inocencia Fiscal II" por el que se modifican la modalidad simplificada de declaración jurada del impuesto a las ganancias, la prescripción tributaria y el régimen sancionatorio
— Senado Argentina (@SenadoArgentina) September 17, 2026
En función de los plazos previstos para ese recorrido burocrático, se posterga el vencimiento de la presentación de la Declaración Jurada para que el cumplimiento de la obligación pueda realizarse con la nueva Ley.
El motivo principal es el universo de beneficiarios potencialmente alcanzados por el régimen. La nueva Ley modifica los requisitos para poder ingresar al Régimen Simplificado de Ganancias, y por ende, amplía la cantidad de contribuyentes que podrían ingresar al mismo.
En ese marco, si se presentaran las declaraciones juradas mañana martes, muchos contribuyentes quedarían afuera. En cambio, una vez reglamentada la Ley, podrán sumarse al régimen simplificado muchos más interesados.