por Redacción NewsDigitales
Los diputados nacionales Nicolás Massot y Miguel Ángel Pichetto presentaron una medida cautelar contra el Estado Nacional para suspender los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, que derogó la Ley de Tierras Rurales. El planteo busca mantener las restricciones mientras la Justicia analiza la validez de la norma.

La presentación incluye además un pedido de medida interina urgente, antes de que el Gobierno presente el informe requerido por la legislación. Los legisladores sostienen que existe riesgo de que durante ese período se concreten operaciones que luego queden protegidas como derechos adquiridos.
Como alternativa a la suspensión, Massot y Pichetto solicitaron medidas para conservar información. Entre ellas, pidieron que continúe funcionando el Registro Nacional de Tierras Rurales, que se preserve su base de datos y que el tribunal reciba mensualmente información sobre adquisiciones de tierras rurales por parte de extranjeros.
También reclamaron publicar un aviso en el Boletín Oficial sobre la existencia del expediente y sobre la revisión judicial del artículo 154, con el argumento de que futuros compradores no podrían alegar desconocimiento de la controversia.
La presentación llegó después del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación del 29 de septiembre en la causa iniciada por el CECIM La Plata.
En ese expediente, la Cámara Federal de La Plata había declarado inconstitucional el artículo 154. Sin embargo, la Corte revocó esa decisión y rechazó la demanda porque consideró que el CECIM no tenía legitimación para iniciar la acción.
El máximo tribunal aclaró que su pronunciamiento se limitaba a esa cuestión procesal y que no implicaba una definición sobre la constitucionalidad de la derogación. Tras esa resolución, el artículo 154 volvió a producir plenamente sus efectos.
La Ley 26.737, sancionada en 2011, establecía límites para la propiedad, posesión y tenencia de tierras rurales por parte de extranjeros.

El régimen fijaba un máximo del 15% de titularidad extranjera sobre las tierras rurales del país, de cada provincia y de cada municipio. También establecía que las personas de una misma nacionalidad no podían superar el 30% de ese cupo.
La norma fijaba además límites de superficie para un mismo titular extranjero y establecía restricciones para inmuebles con cuerpos de agua de envergadura y permanentes o que fueran ribereños de ellos.
El artículo 154 del DNU 70/2023 derogó ese régimen. Massot y Pichetto cuestionan que la modificación se haya realizado mediante un decreto de necesidad y urgencia y sostienen que la cuestión debía ser discutida por el Congreso.
Uno de los principales argumentos de los diputados está relacionado con las operaciones que puedan realizarse mientras continúa la discusión judicial. El escrito invoca el artículo 24 de la Ley 26.122, que contempla la preservación de derechos adquiridos durante la vigencia de un DNU incluso ante un eventual rechazo posterior del Congreso.

Según plantearon, una adquisición concretada durante este período podría quedar consolidada y resultar difícil de revertir, especialmente si posteriormente el inmueble es transferido a un tercero de buena fe.
El pedido judicial avanza en paralelo con la discusión parlamentaria. La Cámara de Diputados tiene solicitada una sesión especial para el 15 de octubre, cuyo temario incluye el tratamiento del DNU 70/2023. El Senado ya había rechazado el decreto en marzo de 2024, pero el rechazo de una sola cámara no alcanza para dejarlo sin vigencia.
Ahora la Justicia deberá resolver primero la medida interina solicitada y luego determinar si corresponde suspender los efectos del artículo 154 mientras se desarrolla el proceso principal.