04/10/2026 - Edición Nº1335

Política

Congreso

Sorpresas y "precio final": así quiere el peronismo regular las compras por internet

04/10/2026 | El principal foco está puesto en las operaciones realizadas mediante sitios web, aplicaciones, plataformas digitales y otros sistemas de comercio electrónico.



Un proyecto de ley presentado en el Congreso propone modificar la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor para incorporar de manera expresa el concepto de "precio total y final" en las ofertas de bienes y servicios.

La iniciativa busca establecer que, cuando un proveedor informa un precio, ese monto debe representar, como regla general, el importe total que deberá pagar el consumidor, incluyendo todos los conceptos obligatorios que estén a su cargo.

El principal foco está puesto en las operaciones realizadas mediante sitios web, aplicaciones, plataformas digitales y otros sistemas de comercio electrónico, donde el precio inicial de un producto puede incrementarse durante el proceso de compra por la incorporación de cargos que no habían sido informados previamente.

El proyecto lleva las firmas de Cristian Andino, Eduardo Valdés, Raúl Hadad, Carlos Castagneto y Juan Carlos Molina.

Cristian Andino, autor de la iniciativa

Qué se modificaría en la Ley de Defensa del Consumidor

Actualmente, el artículo 7° establece que la oferta dirigida a consumidores potenciales indeterminados obliga a quien la realiza durante el período en que se encuentra vigente y debe informar sus condiciones, modalidades y limitaciones.

El proyecto agregaría una regla específica sobre el precio: cuando una oferta indique un valor, este deberá corresponder al "precio total y final" que deberá pagar el consumidor. Ese importe deberá incluir todos los conceptos obligatorios a cargo del comprador.

La única excepción expresamente contemplada serían determinados gastos de envío, flete o entrega cuyo monto no pueda conocerse inicialmente porque depende de la ubicación del proveedor, del domicilio de entrega indicado por el consumidor u otras variables vinculadas con la logística.

Cómo funcionaría en una compra por internet

El proyecto establece un mecanismo concreto para las contrataciones digitales.

Por ejemplo, si una persona ingresa a una plataforma y encuentra un producto publicado a determinado precio, ese valor debería incluir todos los cargos obligatorios que puedan calcularse desde el comienzo.

Durante el proceso de compra no podrían aparecer sorpresivamente conceptos como comisiones, tasas, servicios u otros costos obligatorios que no hubieran sido informados previamente.

En cambio, si el costo de envío depende del domicilio del comprador y no puede determinarse hasta que este ingrese su ubicación, la plataforma podría adicionarlo posteriormente.

Pero tendría que cumplir dos condiciones. Primero, debería advertir de manera "clara, visible y destacada" que ese gasto será agregado al precio informado.

Segundo, debería comunicar el importe exacto antes de que el consumidor confirme la contratación o efectúe el pago. De esta manera, el consumidor debería conocer el desembolso final antes de completar la operación.

Qué cargos no podrían aparecer al final

Uno de los puntos centrales del proyecto es la prohibición de incorporar durante la contratación conceptos obligatorios que no hayan sido informados previamente.

La iniciativa menciona específicamente cargos, comisiones, tasas, servicios y otros costos de carácter obligatorio.

Por lo tanto, si un concepto puede determinarse antes de la compra y resulta obligatorio para concretar la operación, debería formar parte del precio informado o, como mínimo, ser comunicado previamente de acuerdo con las condiciones establecidas por la ley.

Los conceptos opcionales tendrían un tratamiento diferente. Deberían estar claramente diferenciados de los costos obligatorios y su contratación requeriría la aceptación expresa del consumidor.

La intención es evitar que servicios adicionales queden incorporados automáticamente o sean presentados de una manera que pueda confundirse con elementos indispensables para completar la compra.

El envío tendría una excepción

El proyecto distingue entre los costos que el proveedor puede conocer desde el inicio y aquellos que dependen de información que todavía no está disponible.

La iniciativa reconoce que el precio de una entrega puede variar según la localidad, el domicilio, la distancia, la zona de cobertura o determinadas condiciones logísticas.

Por eso, no exige necesariamente que todos los gastos de envío estén incluidos en el primer precio exhibido.

Sin embargo, la excepción no permitiría que el consumidor llegue a la pantalla de pago sin conocer cuánto deberá abonar por la entrega.

El importe correspondiente debería ser informado antes de la confirmación de la compra o del pago.

También cambia la documentación de venta

El proyecto modifica además los incisos f) y g) del artículo 10 de la Ley 24.240. La documentación de la operación debería consignar el "precio total y final" y las condiciones de pago, además de los costos adicionales correspondientes.

A su vez, se establece que los cargos, conceptos o servicios obligatorios que no hubieran sido informados con anterioridad a la contratación "no serán oponibles al consumidor".

Esto significa que la propuesta busca que la información brindada durante la oferta y el proceso de contratación guarde correspondencia con la documentación final de la operación.

Cómo sería la implementación si se aprueba

En términos prácticos, los proveedores que vendan bienes o servicios mediante canales digitales deberían adaptar la forma en que exhiben sus precios y estructuran el proceso de contratación.

El esquema previsto funcionaría de la siguiente manera:

  • Precio inicial: debería ser el precio total y final, incluyendo los conceptos obligatorios que puedan determinarse previamente.
  • Costos de envío variables: podrían agregarse cuando dependan del domicilio u otra información que todavía no se conozca.
  • Advertencia: si existe un costo de envío pendiente de calcular, el consumidor debería ser informado de manera clara y destacada.
  • Precio definitivo: el importe exacto del envío debería aparecer antes de confirmar la operación o realizar el pago.
  • Cargos obligatorios: no podrían incorporarse al final si no fueron informados previamente.
  • Servicios opcionales: deberían diferenciarse de los costos obligatorios y requerir aceptación expresa.

Documentación: el comprobante o documento de venta debería reflejar el precio total y final y las condiciones correspondientes.