La presidenta del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal, Alejandra García, destacó los recientes pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los casos Puebla, del 20 de agosto de 2026, y Martinuzzi, del 3 de septiembre de 2026.
En ambos expedientes, el máximo tribunal dejó sin efecto decisiones judiciales que habían reducido los honorarios de abogados y abogadas por debajo de los mínimos establecidos por la Ley 27.423, que regula los honorarios profesionales de los abogados, procuradores y auxiliares de la Justicia en el ámbito nacional y federal.
🟦 LOS HONORARIOS PROFESIONALES SE RESPETAN El Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal destaca los recientes pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los casos “Puebla”, del 20 de agosto de 2026, y “Martinuzzi”, del 3 de septiembre de 2026, que dejaron sin efecto decisiones judiciales que habían reducido los honorarios de abogados y abogadas por debajo de los mínimos establecidos por la ley 27.423. 👉Nota completa: https://t.co/Ggqf9FZVzv
— C.P.A.C.F (@CPACF) October 8, 2026
Desde el Colegio Público, que nuclea a cerca de 90 mil profesionales, consideraron que los fallos transmiten un mensaje claro respecto de la necesidad de respetar el régimen arancelario vigente al momento de regular los honorarios.
García sostuvo que los mínimos arancelarios establecidos por la ley no pueden ser desplazados mediante referencias genéricas a las características del proceso, la extensión o calidad de la labor profesional o el resultado obtenido.
En ese sentido, la titular del Colegio Público advirtió que cualquier apartamiento del régimen legal requiere una fundamentación jurídicamente suficiente. La cuestión resulta especialmente relevante porque la regulación de honorarios constituye la forma en que se determina la retribución correspondiente al trabajo desarrollado por los profesionales durante un proceso judicial.
Los pronunciamientos de la Corte, según destacó la entidad, refuerzan la necesidad de que los tribunales expliquen de manera concreta las razones que justifican una eventual reducción respecto de los parámetros fijados por la normativa arancelaria.
La presidenta del Colegio Público puso el acento en la naturaleza de los honorarios como contraprestación por la actividad desarrollada por los abogados y abogadas. “Los honorarios son la remuneración del trabajo profesional. Respetarlos es respetar el trabajo de los abogados y las abogadas”, afirmó García.
La dirigente agregó que las pautas previstas para valorar la tarea profesional no deberían transformarse en un mecanismo para reducir, sin una justificación suficiente, la retribución que la propia ley reconoce.
El planteo apunta así a preservar la aplicación de los parámetros arancelarios frente a decisiones que, bajo criterios generales vinculados con el proceso o la actuación profesional, terminen fijando honorarios por debajo de los mínimos legales.
Desde la institución señalaron que el respeto de las normas arancelarias constituye uno de los reclamos sostenidos de la entidad en defensa de los derechos profesionales de sus matriculados.
García aseguró que el Colegio Público continuará interviniendo cuando considere que los derechos de los abogados y las abogadas resulten afectados por decisiones que desconozcan las pautas establecidas por la legislación vigente.