El Ministerio de Salud de la Nación aprobó un nuevo listado de medicamentos esenciales destinado a la prevención y el tratamiento de enfermedades vasculares en el primer nivel de atención.
La medida, oficializada mediante la Resolución 1447/2026, deroga el vademécum general que regía desde diciembre de 2021 y establece una herramienta específica para orientar la adquisición, la planificación logística y la provisión de tratamientos vinculados con estas patologías en los centros de salud públicos.
La decisión se enmarca en el Plan Nacional de Salud Vascular 2026-2030, aprobado un día antes mediante la Resolución 1445/2026, y apunta a fortalecer la detección temprana y el control de factores de riesgo como la hipertensión arterial y el colesterol elevado.
El nuevo esquema incluye seis principios activos y tendrá carácter orientativo y de referencia para los procesos nacionales de adquisición y distribución.
PLAN NACIONAL DE SALUD VASCULAR PARA LOS ARGENTINOS Lanzamos el Plan Nacional de Salud Vascular para prevenir complicaciones y fortalecer la atención de los argentinos con enfermedades vasculares, que causaron cerca de 3 cada 10 muertes en el país. Tiene como objetivo mejorar la atención de los argentinos, desde la detección de riesgos hasta el tratamiento y la rehabilitación. Incorporamos el infarto agudo de miocardio a los eventos de notificación obligatoria, junto con el ACV y la insuficiencia cardíaca descompensada. Registrar los casos y la atención recibida permitirá evaluar los resultados, identificar demoras y orientar los recursos según las necesidades. Además, la Stroke App suma la coordinación de la atención del infarto. La herramienta permite orientar el traslado hacia un hospital con capacidad para tratar al paciente y alertar al equipo médico antes de su llegada. Coordinamos la implementación con las jurisdicciones para que los servicios puedan actuar con mayor rapidez y los pacientes reciban el tratamiento adecuado a tiempo.
— Ministerio de Salud de la Nación (@MinSalud_Ar) October 14, 2026
La principal modificación es el reemplazo del Listado de Medicamentos Esenciales para el Primer Nivel de Atención, aprobado en 2021, por un instrumento enfocado exclusivamente en la prevención y el tratamiento de enfermedades vasculares.
El vademécum anterior contemplaba una variedad amplia de medicamentos destinados a distintas necesidades sanitarias, desde infecciones y enfermedades respiratorias hasta afecciones crónicas, tratamientos anticonceptivos y medicamentos para otras patologías. Su anexo incluía 128 presentaciones identificadas por principio activo, forma farmacéutica y concentración.
En cambio, la nueva resolución aprueba un listado específico compuesto por seis principios activos: aspirina, atorvastatina, candesartán, hidroclorotiazida, ramipril y rosuvastatina.
El cambio supone pasar de una herramienta general para orientar la selección de medicamentos esenciales en la atención primaria a otra centrada en una prioridad sanitaria determinada: reducir el impacto de las enfermedades vasculares mediante la prevención, el tratamiento farmacológico y el seguimiento de los pacientes.
La norma deroga expresamente la Resolución 3424/2021, firmada durante la gestión de Carla Vizzotti, y establece que el nuevo listado podrá utilizarse como referencia para la adquisición centralizada, la planificación logística y la provisión de medicamentos destinados a los efectores públicos del primer nivel de atención.
Sin embargo, el texto aclara que la actualización no implica modificar las obligaciones de las jurisdicciones provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires respecto de la provisión de medicamentos para otras condiciones de salud. También señala que el nuevo instrumento coexistirá con otros listados nacionales que continúen vigentes.
El anexo de la Resolución 1447/2026 identifica seis principios activos mediante su Denominación Común Internacional (DCI). Se trata de medicamentos utilizados en distintos esquemas de prevención y tratamiento cardiovascular.
Aspirina: el ácido acetilsalicílico se utiliza, en determinados pacientes y bajo indicación médica, para reducir la formación de coágulos y prevenir eventos cardiovasculares. Su uso depende de la evaluación del riesgo de cada persona, debido a que también puede aumentar el riesgo de sangrado.
Atorvastatina: pertenece al grupo de las estatinas y se utiliza para reducir el colesterol LDL y el riesgo de eventos cardiovasculares.
Candesartán: es un medicamento de la familia de los antagonistas de los receptores de angiotensina II, empleado principalmente para tratar la hipertensión arterial y otras condiciones específicas.
Hidroclorotiazida: es un diurético que contribuye al control de la presión arterial y se utiliza en determinados esquemas terapéuticos.
Ramipril: pertenece al grupo de los inhibidores de la enzima convertidora de angiotensina (IECA), utilizados para tratar la hipertensión y reducir el riesgo cardiovascular en pacientes seleccionados.
Rosuvastatina: es otra estatina indicada para reducir los niveles de colesterol LDL y contribuir a la prevención de complicaciones cardiovasculares en personas que reúnen los criterios clínicos correspondientes.
En los fundamentos de la resolución, el Ministerio de Salud sostiene que las enfermedades vasculares constituyen la principal causa de mortalidad y una de las fuentes más importantes de pérdida de años de vida saludables en la Argentina.
Según los datos epidemiológicos citados en el texto oficial, las cardiopatías isquémicas y las enfermedades vasculares representan entre el 28% y el 32% de las defunciones registradas en el país. Además, generan una demanda considerable de hospitalizaciones, procedimientos de alta complejidad y tratamientos crónicos.
La resolución también estima que entre el 34% y el 40% de los adultos presenta hipertensión arterial, mientras que los niveles de control efectivo permanecen por debajo de las metas recomendadas. A esto se suma la prevalencia de las dislipidemias, que contribuyen al desarrollo de la aterosclerosis y aumentan el riesgo de complicaciones cardiovasculares.
En ese contexto, la cartera sanitaria plantea que una parte sustancial de la mortalidad y de las complicaciones asociadas con estas enfermedades puede prevenirse mediante la detección temprana, el tratamiento oportuno y el control sostenido de los factores de riesgo modificables.
La hipertensión arterial, por ejemplo, está asociada con un mayor riesgo de enfermedad coronaria, accidente cerebrovascular, insuficiencia cardíaca y enfermedad renal crónica. El colesterol elevado, por su parte, contribuye al desarrollo de enfermedades ateroscleróticas.
Por eso, el Ministerio considera que garantizar la disponibilidad de medicamentos esenciales puede mejorar la continuidad de los tratamientos y fortalecer la capacidad de respuesta de los centros de atención primaria, antes de que los pacientes desarrollen complicaciones que requieran intervenciones de mayor complejidad.