por Redacción NewsDigitales
El Gobierno nacional oficializó un aumento del 1,9% en los aranceles de las prestaciones destinadas a personas con discapacidad, una actualización que comienza a regir para octubre de 2026 y que alcanza a distintos servicios esenciales para la atención, rehabilitación, educación y asistencia.
La medida, publicada este jueves en el Boletín Oficial mediante la Resolución 1/2026 de la Subsecretaría de Regulación, Certificación y Proyectos del Ministerio de Salud, establece nuevos valores para las prestaciones comprendidas en el sistema nacional.
Sin embargo, hay una diferencia importante para comprender el alcance de la decisión: no se trata de un aumento del dinero que reciben directamente las personas con discapacidad a través de pensiones, sino de una actualización de los montos establecidos para los servicios que brindan instituciones y profesionales.
En términos concretos, la modificación alcanza a centros de día, hogares, establecimientos educativos terapéuticos, servicios de rehabilitación, apoyos escolares y transporte especializado, entre otras prestaciones.
El incremento del 1,9% se aplica sobre los aranceles vigentes en septiembre y responde a la inflación registrada durante ese mes, de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
La actualización es uniforme: todas las prestaciones incluidas en el nomenclador reciben el mismo porcentaje de aumento, independientemente del servicio.
Esto significa que los prestadores podrán facturar los nuevos valores correspondientes a octubre, según las condiciones y modalidades de cobertura de cada prestación.
Para las personas con discapacidad y sus familias, el impacto es principalmente indirecto. La actualización busca acompañar el incremento de los costos de funcionamiento de los servicios, aunque no implica automáticamente una ampliación de las coberturas ni la incorporación de nuevas prestaciones.
Tampoco significa que las familias deban pagar un 1,9% adicional por los tratamientos cubiertos. La medida modifica los aranceles de referencia del sistema, no establece un nuevo cargo directo para los beneficiarios.
Los nuevos valores muestran diferencias importantes según el tipo de servicio, su modalidad y la categoría del establecimiento.
Entre los ejemplos más representativos de la categoría A, que contempla los aranceles más elevados, se encuentran:
-Centro de Día, jornada doble: pasa de $1.120.292,68 a $1.141.578,24.
-Centro de Día, jornada simple: aumenta de $595.990,93 a $607.314,75.
-Centro Educativo Terapéutico, jornada doble: alcanza los $1.282.346,30.
-Centro Educativo Terapéutico, jornada simple: queda en $700.319,19.
-Hogar Permanente: pasa de $2.107.238,43 a $2.147.275,96.
-Hogar con Centro Educativo Terapéutico Permanente: alcanza los $3.486.018.
También se actualizaron los servicios relacionados con la educación y el acompañamiento de niños y adolescentes con discapacidad.
La estimulación temprana, por ejemplo, pasa de $422.231,69 a $430.254,09, mientras que el módulo de apoyo a la integración escolar aumenta de $770.043,58 a $784.674,41.
En rehabilitación, el módulo integral intensivo queda establecido en $187.384,64 y el módulo integral simple en $112.713,58.
Es importante aclarar que estos importes corresponden a las unidades y modalidades de facturación previstas para cada prestación. No representan necesariamente el costo de una sesión individual ni una suma que recibe directamente cada persona.

Uno de los servicios alcanzados por la actualización es el transporte de personas con discapacidad, una prestación fundamental para quienes necesitan trasladarse regularmente a centros educativos, instituciones terapéuticas o espacios de rehabilitación.
El valor de referencia del transporte pasa de $915,31 a $932,70 por kilómetro, mientras que el correspondiente a alimentación aumenta de $5.015,63 a $5.110,93.
En ambos casos, se trata de valores del nomenclador y no de tarifas generales que deban pagar directamente los usuarios.
Por otra parte, la resolución mantiene un adicional del 20% sobre el arancel básico para las prestaciones brindadas en las provincias patagónicas, en reconocimiento de las condiciones de zona desfavorable.
Este porcentaje se suma al valor correspondiente de la prestación y busca contemplar los mayores costos asociados a la prestación de servicios en esa región.
La decisión se enmarca en el funcionamiento del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad, establecido por la Ley 24.901.
Además, la resolución hace referencia a la Ley 27.793, de Emergencia Nacional en Discapacidad, que contempla mecanismos de actualización de los aranceles.
En septiembre, el Gobierno había dispuesto un incremento del 1,7%, calculado sobre la inflación de agosto. La nueva resolución aplica ahora el 1,9% correspondiente a septiembre sobre los valores ya actualizados.
De esta manera, los aranceles acumulan una suba aproximada del 3,63% entre ambas actualizaciones.
La medida representa una adecuación de los valores oficiales frente a la inflación, pero no permite determinar por sí sola si los nuevos montos resultan suficientes para cubrir los costos reales de funcionamiento de las instituciones y profesionales.
Para las familias, la cuestión central seguirá siendo que las prestaciones indicadas y cubiertas puedan brindarse efectivamente, con continuidad y sin interrupciones en tratamientos, acompañamientos o traslados.
