28/10/2026 - Edición Nº1359

Política

Boletín Oficial

DNU por IOSFA: Milei firmó que no todos los empleados pasarán a la OSFA

28/10/2026 | La medida quedó formalizada mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 1286/2026 publicado este miércoles. Los cambios.



El Gobierno nacional modificó el proceso de disolución y liquidación del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA) y estableció que la nueva Obra Social de las Fuerzas Armadas (OSFA) incorporará únicamente al personal que considere necesario para garantizar su funcionamiento.

La medida quedó formalizada mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 1286/2026, publicado en el Boletín Oficial este miércoles.

La normativa modifica el Decreto 88/2026, que había dispuesto la reorganización del sistema de cobertura médica de las Fuerzas Armadas y las fuerzas federales de seguridad.

Además, establece que la Obra Social de las Fuerzas Federales de Seguridad (OSFFESEG) deberá regirse por la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional para administrar sus recursos humanos.

El objetivo oficial es adecuar las estructuras administrativas, reducir riesgos financieros y presupuestarios y garantizar la continuidad de las prestaciones médico-asistenciales.

Qué cambia con el nuevo decreto del Gobierno

El principal cambio del DNU está en las condiciones para transferir trabajadores del IOSFA a la nueva OSFA. El decreto original contemplaba el traspaso total de los activos y del personal del instituto en liquidación a la obra social de las Fuerzas Armadas. Ahora, la incorporación de empleados quedará sujeta a las necesidades operativas y funcionales de la nueva estructura.

Según la modificación del artículo 7° del Decreto 88/2026, el directorio de la OSFA deberá determinar cuáles son los puestos de trabajo necesarios, de acuerdo con su estructura vigente y las funciones que tiene asignadas. A partir de ese relevamiento, identificará a los trabajadores del IOSFA que serán transferidos.

La decisión introduce un criterio selectivo en la reorganización del personal. Ya no se prevé que la totalidad de los empleados del instituto pase automáticamente a la nueva obra social, sino que la transferencia dependerá de los requerimientos que establezcan sus autoridades.

El Gobierno fundamentó el cambio en la reducción de la población beneficiaria que quedó bajo la cobertura de la OSFA. Con la reorganización inicial, los afiliados pertenecientes a la Gendarmería Nacional Argentina y a la Prefectura Naval Argentina pasaron a integrar la población beneficiaria de la OSFFESEG.

Ese movimiento modificó la dimensión de la obra social militar y, según los considerandos del decreto, obliga a revisar la cantidad de trabajadores necesarios para sostener su funcionamiento.

Qué pasará con los empleados del IOSFA que no sean transferidos

El decreto también establece qué ocurrirá con los trabajadores que no sean incorporados a la OSFA.

En esos casos, el administrador del IOSFA en liquidación deberá evaluar la situación de revista de cada empleado y disponer las medidas correspondientes, de acuerdo con el régimen jurídico aplicable y dentro de sus competencias.

La norma contempla, además, una situación específica para el personal de planta permanente que cuente con estabilidad laboral. Si, al finalizar la liquidación, esos trabajadores se encuentran en situación de disponibilidad, continuarán bajo esa condición en el ámbito del Ministerio de Defensa hasta que sean reubicados o se disponga su baja, conforme a la normativa vigente.

El Ministerio de Defensa también deberá asumir los compromisos y las obligaciones pendientes derivados de la situación del personal que no haya sido transferido, una vez concluida la liquidación del instituto.

Por otra parte, los integrantes de la Gendarmería Nacional y de la Prefectura Naval que estén destinados en comisión de servicios o adscritos al IOSFA deberán regresar a sus respectivos organismos de origen.

De esta manera, el decreto diferencia entre los trabajadores que resulten necesarios para el funcionamiento de la OSFA, aquellos cuya situación deberá resolverse durante la liquidación y el personal de otras fuerzas que prestaba servicios en el instituto.

Carlos Presti, ministro de Defensa

El límite del 8% para los gastos administrativos

Uno de los argumentos centrales del Gobierno para justificar la modificación está relacionado con la situación financiera de la nueva obra social militar.

El Decreto 88/2026 estableció que la OSFA podrá destinar como máximo el 8% de sus recursos a gastos administrativos y de funcionamiento. De acuerdo con los fundamentos del nuevo DNU, la transferencia integral del personal del IOSFA podría generar un desequilibrio financiero, operativo y presupuestario incompatible con ese esquema.

Por ese motivo, el Poder Ejecutivo sostiene que resulta necesario ajustar la cantidad de empleados a las necesidades reales de la institución y a los recursos disponibles.

La medida busca evitar que los costos de funcionamiento comprometan la capacidad de la obra social para cumplir con sus obligaciones médico-asistenciales.

Sin embargo, el decreto no establece una cantidad concreta de trabajadores que serán transferidos ni detalla cuántos podrían quedar fuera de la nueva estructura. Esa definición dependerá del relevamiento que realice el directorio de la OSFA y de las decisiones que adopte el administrador del IOSFA en liquidación.

Alejandra Monteoliva, ministra de Seguridad

La OSFFESEG tendrá un nuevo régimen de empleo público

El segundo eje del decreto modifica las disposiciones relativas a la Obra Social de las Fuerzas Federales de Seguridad, creada para brindar cobertura a los integrantes de la Gendarmería Nacional y la Prefectura Naval.

A partir de la modificación del inciso 3 del artículo 9° del anexo II del Decreto 88/2026, el régimen de recursos humanos de la OSFFESEG quedará sujeto a la Ley 25.164, que regula el empleo público nacional, y sus modificatorias.

La normativa establece que el Ministerio de Seguridad Nacional deberá proponer al Poder Ejecutivo el régimen administrativo, patrimonial, contable y de control de la institución. En materia de personal, en cambio, se aplicará directamente el marco general del empleo público nacional.

Según los fundamentos oficiales, el objetivo es contar con reglas para el ingreso, el desarrollo de la carrera administrativa y las demás condiciones de la relación laboral antes de incorporar la dotación necesaria para el funcionamiento del organismo.

El Gobierno argumentó que esta adecuación permitirá organizar los recursos humanos de la OSFFESEG bajo un régimen compatible con las características de los organismos del sector público nacional y facilitará las contrataciones indispensables para garantizar la continuidad de la cobertura médico-asistencial.

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