Asociaciones de profesionales de las Ciencias Económicas solicitaron ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex AFIP) la prórroga, una vez más, del plazo límite para presentar la Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias del período fiscal 2025.
De acuerdo a la Resolución General 5911/2026, publicada el jueves 8 de octubre en el Boletín Oficial, el vencimiento opera este viernes 30 de octubre.
Sin embargo, los contadores reclaman que se extienda el plazo, dada la demora del Poder Ejecutivo y los organismos competentes para reglamentar la Ley de Inocencia Fiscal “bis”.
En el marco de las modificaciones introducidas por la Ley de Inocencia Fiscal, solicitamos a ARCA la extensión del plazo para la presentación de la Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias, a fin de que los contribuyentes cuenten con el tiempo necesario para completar las presentaciones y cumplir con sus obligaciones en término. Más info 👉🏼https://t.co/kxTmP7youo
— Consejo CABA (@ConsejoCABA) October 27, 2026
El jueves 17 de septiembre, el Senado de la Nación votó afirmativamente el proyecto de Ley de Inocencia Fiscal "bis", que venía con media sanción de Diputados.
Pero los movimientos a partir de allí se ralentizaron. El 9 de octubre se promulgó la Ley, bajo el número 27.826.
Con 44 votos afirmativos y 23 votos negativos queda aprobado en general el proyecto de ley de "Inocencia Fiscal II" por el que se modifican la modalidad simplificada de declaración jurada del impuesto a las ganancias, la prescripción tributaria y el régimen sancionatorio
— Senado Argentina (@SenadoArgentina) September 17, 2026
Recién el 23 de octubre, el Poder Ejecutivo publicó en el Boletín Oficial el Decreto Reglamentario 1253/2026.
Por su parte, ARCA reglamentó la Ley recién el 26 de octubre, a través de la Resolución General 5916/2026.
Considerando que la reglamentación ocurrió apenas 4 días antes del vencimiento, desde el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitaron al titular de ARCA, Andrés Edgardo Vázquez, un plazo adicional para poder realizar las declaraciones juradas.
📢 LEY DE INOCENCIA FISCAL: GANANCIAS SIMPLIFICADA Actualizamos el régimen de declaración jurada simplificada del Impuesto a las Ganancias para adecuarlo a la Ley de Inocencia Fiscal. 📌 Principales cambios: * Simplificamos los requisitos de adhesión y permanencia. * Habilitamos la adhesión de grandes contribuyentes nacionales y determinados funcionarios públicos, sin los beneficios del régimen. * Permitimos que quienes presentaron Ganancias 2025 por el régimen general puedan optar por la modalidad simplificada, cumpliendo las condiciones y plazos establecidos. * Establecemos nuevas condiciones para convalidar adhesiones anteriores. 📅 Aplicable al período fiscal 2025 y siguientes. 🔗 https://t.co/3CNQsqt1pN 👥 FONDO DE ASISTENCIA LABORAL: PRÓRROGA Postergamos al 1 de diciembre de 2026 la implementación del procedimiento para declarar e ingresar las contribuciones mensuales al Fondo de Asistencia Laboral (FAL). 📌 La medida se aplicará a las declaraciones juradas del período diciembre de 2026 y siguientes. Además, extendemos a 12 meses el período de carencia del Fondo. 🔗 https://t.co/vvphQ4bYNv
— ARCA | Agencia de Recaudación y Control Aduanero (@ARCA_informa) October 26, 2026
En el mientras tanto, ARCA sostuvo el esquema de cobros:
En caso de que al confeccionar la declaración surja un saldo a pagar, deberá abonarse el mismo 30 de octubre, con los intereses resarcitorios correspondientes.