29/10/2026 - Edición Nº1360

Sociedad


Seguridad al volante

Cambios en el scoring porteño: cómo es el proyecto que debate la Legislatura

29/10/2026 | El parlamento porteño trata la modificación del sistema de quita de puntos. El pago voluntario de multas ya no implicará la pérdida en la licencia.

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires tratará este jueves un dictamen unificado de dos proyectos de ley que buscan modificar de manera sustancial el Código de Tránsito y Transporte porteño.

El cambio central de la reforma apunta a eliminar la quita automática de puntos de la licencia de conducir cuando un infractor realiza el pago voluntario de una multa. La iniciativa, impulsada por el jefe de Gobierno Jorge Macri junto a legisladores del bloque oficialista, establece que el descuento de puntos en el scoring solo se efectivizará cuando exista una resolución sancionatoria firme dictada por un controlador administrativo de faltas o una sentencia judicial firme.

De esta manera, el Ejecutivo porteño pretende adaptar el régimen vial al principio de debido proceso administrativo, garantizando que el beneficio económico del pago anticipado no implique la aceptación inmediata de la penalidad en el registro.

En cuanto a la atribución de las faltas, la normativa en debate mantendrá el criterio vigente de responsabilizar en primera instancia al titular registral del vehículo. No obstante, se contemplan excepciones específicas en los casos donde se identifique fehacientemente a otro conductor al momento del hecho, se acredite la venta de la unidad o se demuestre la cesión de su uso cumpliendo los requisitos formales.

En paralelo, el proyecto endurece de forma progresiva el esquema de inhabilitaciones para quienes agoten la totalidad de su puntaje: la primera suspensión del registro será de 60 días, la segunda alcanzará los 120 días y la tercera se extenderá a 180 días.

En este sentido, a partir de la cuarta reincidencia, la inhabilitación para conducir llegará a los 24 meses y provocará la caducidad definitiva de la licencia, obligando al infractor a realizar nuevamente todo el trámite de obtención.

La escala de quita de puntos por infracción y el régimen sancionatorio

El dictamen que se debatirá en el recinto mantiene la escala actual de penalizaciones, la cual contempla el descuento de entre 2 y 20 puntos de la licencia en función de la gravedad de la falta cometida en la vía pública:

2 puntos: No respetar las indicaciones operativas emitidas por la autoridad de tránsito.

4 puntos: Conducir con la licencia vencida o no correspondiente a la categoría del vehículo, omitir el uso del cinturón de seguridad, incumplir la normativa sobre sillas infantiles, realizar giros prohibidos, circular marcha atrás u obstruir la circulación.

5 puntos: Utilizar el teléfono celular al volante, circular a contramano, cruzar bocacalles en infracción, pasar un semáforo en rojo o superar la velocidad máxima permitida en un rango de entre el 10% y el 30%.

10 puntos: Manejar bajo los efectos del alcohol o estupefacientes, negarse a someterse a los controles normativos, conducir de manera imprudente o peligrosa y superar en más de un 30% el límite de velocidad establecido.

20 puntos: Participar, organizar o competir en carreras de velocidad no autorizadas o exhibiciones de destreza en la vía pública.

Para las faltas de mayor gravedad que conllevan la pérdida de 10 o 20 puntos, el texto legislativo establece un tratamiento punitivo especial. En dichos supuestos, los conductores sancionados quedarán imposibilitados de recuperar el puntaje restado a través del pago voluntario de la infracción o mediante la realización de los cursos de educación vial que habitualmente habilitan la restitución parcial del saldo en la licencia.