07/11/2026 - Edición Nº1369

Judiciales

Mar del Plata

Atropelló a un motociclista, lo vio herido y escapó: el duro fallo contra una médica

07/11/2026 | La Cámara Civil y Comercial aumentó la indemnización por daño moral a favor de un repartidor que sufrió graves lesiones.


por Redacción NewsDigitales


La conducta de una médica que atropelló a un motociclista y abandonó el lugar después de observarlo gravemente herido fue especialmente cuestionada por la Justicia de Mar del Plata, que resolvió aumentar la indemnización por daño moral a favor de la víctima y destacó que la profesión de la conductora agravaba el reproche por su comportamiento.

La decisión fue adoptada por la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, integrada por los jueces Ricardo Monterisi y Roberto Loustaunau, en una sentencia difundida el 2 de noviembre por la Suprema Corte bonaerense.

El accidente ocurrió el 18 de mayo de 2023, alrededor de las 16.20, en la esquina de Alberti y Mitre, cuando una camioneta Jeep Renegade conducida por una médica especialista en cirugía plástica embistió a una motocicleta Yamaha FZ16.

El motociclista trabajaba como repartidor de una aplicación y sufrió una fractura expuesta de tibia y peroné que requirió intervenciones quirúrgicas, internaciones y un prolongado tratamiento de rehabilitación.

Durante el juicio se determinó que la conductora había cruzado la intersección sin respetar la luz del semáforo. Pero el hecho que adquirió especial relevancia judicial ocurrió inmediatamente después del impacto.

Según se tuvo por acreditado en el expediente, la mujer detuvo su camioneta, descendió, observó al motociclista tendido sobre el asfalto y volvió a subir al vehículo para abandonar el lugar. Finalmente, fue interceptada por un móvil policial.

Una conducta que agravó el daño moral

En primera instancia, el Juzgado Civil y Comercial N° 12 de Mar del Plata había condenado a la conductora y a su aseguradora, La Meridional Compañía de Seguros, al pago de una indemnización de $105.811.300, más intereses y costas.

Sin embargo, tanto la víctima como la demandada y la compañía aseguradora apelaron distintos aspectos de la resolución.

El motociclista cuestionó especialmente los $20 millones reconocidos en concepto de daño moral y solicitó que ese rubro fuera elevado a $35 millones.

Al analizar el recurso, el juez Monterisi destacó que la gravedad de las lesiones no era el único elemento que debía tenerse en cuenta.

El magistrado consideró que la conductora no solo había provocado el accidente al cruzar con el semáforo en rojo, sino que había abandonado el lugar pese a conocer que la víctima estaba herida.

En ese contexto, calificó su comportamiento como “moralmente reprochable en su continuación”, al señalar que se había retirado de la escena a sabiendas de que había una persona lesionada.

Además, coincidió con la valoración del juez de primera instancia sobre el agravante que representaba su profesión.

El fallo sostuvo que lo sucedido resultaba particularmente perturbador porque la conductora era médica, circunstancia que, según el tribunal, había hecho “añicos su juramento hipocrático”.

Los camaristas también tuvieron en cuenta las consecuencias físicas y psicológicas del accidente.

El motociclista debió ser intervenido quirúrgicamente para colocarle una placa y tornillos en la pierna. Posteriormente sufrió infecciones, nuevas internaciones y otras complicaciones que prolongaron su recuperación.

Una pericia psicológica determinó que presentaba un trastorno de adaptación con síntomas de ansiedad y depresión vinculados con el accidente y las dificultades para recuperar su movilidad.

Ante ese cuadro, la Cámara resolvió elevar la indemnización por daño moral al equivalente en pesos de 23.500 dólares estadounidenses.

Para establecer ese valor, tomó como referencia el precio de un automóvil Peugeot 2008 1.0T Active CVT, como pauta de las satisfacciones compensatorias previstas en el artículo 1741 del Código Civil y Comercial.

La conversión a pesos deberá realizarse cuando se practique la liquidación, siguiendo los criterios establecidos por el tribunal.

Una reducción de la indemnización y un cuestionamiento a la defensa

La resolución también hizo lugar parcialmente al recurso de la conductora y de su aseguradora, que habían cuestionado el cálculo de la indemnización por incapacidad sobreviniente.

Sobre ese punto, la Cámara redujo el monto originalmente establecido en $70 millones y lo fijó en $52.621.139,20.

Los jueces analizaron las pruebas sobre la actividad laboral del motociclista y consideraron acreditado que trabajaba como repartidor, entre otros elementos, porque en las fotografías del expediente penal aparecía una mochila utilizada habitualmente para realizar entregas.

Sin embargo, revisaron la fórmula empleada para calcular la indemnización y concluyeron que correspondía disminuir el importe de ese rubro.

El fallo incluyó, además, un cuestionamiento a la actuación de la abogada que representaba simultáneamente a la médica y a su compañía de seguros.

La Cámara advirtió que ambas partes tenían intereses contrapuestos respecto de uno de los planteos sobre el alcance de la cobertura aseguradora.

Por ese motivo, declaró la nulidad absoluta de uno de los agravios presentados y llamó la atención a la letrada Milagros Sanguinetti, a quien requirió que evitara repetir conductas de esa naturaleza.

Los magistrados consideraron que la defensa conjunta no podía afectar el derecho de la asegurada a contar con una representación jurídica que protegiera adecuadamente sus intereses.

La sentencia, correspondiente al expediente 187.239, ratificó así la responsabilidad civil de la conductora y modificó dos aspectos económicos centrales de la condena.

El pronunciamiento pone especialmente de relieve que, al momento de cuantificar el daño moral derivado de un accidente de tránsito, la Justicia puede valorar no solamente las lesiones sufridas por la víctima, sino también el comportamiento del responsable inmediatamente después del hecho.