El gobierno de Axel Kicillof reglamentó la Ley 15.618, conocida como Ley Joaquín, que establece medidas de seguridad obligatorias para arcos deportivos, aros de básquet, postes de vóley, juegos de plaza y otros elementos recreativos en la provincia de Buenos Aires.
La norma busca prevenir accidentes y proteger la integridad física de niños, niñas y adolescentes, a partir de controles periódicos, certificaciones profesionales y condiciones específicas para la instalación y el mantenimiento de las estructuras.
El decreto, publicado este miércoles en el Boletín Oficial bonaerense, precisa qué establecimientos están alcanzados, cuáles son las medidas de seguridad que deben implementar y qué responsabilidades tendrán los municipios. También encomienda a los organismos provinciales que cuentan con espacios deportivos o recreativos que instrumenten las acciones necesarias para adecuarse a la legislación.
La reglamentación representa un paso clave para la aplicación efectiva de una ley que nació tras la muerte de Joaquín Gatto, un chico de 12 años que falleció en enero de 2026 luego de ser aplastado por un arco de fútbol que no estaba debidamente fijado al suelo, durante un campamento de scouts en Junín de los Andes, Neuquén.
Su familia impulsó una campaña para evitar que otras tragedias similares volvieran a ocurrir. El reclamo se transformó en una iniciativa legislativa que fue aprobada por la Legislatura bonaerense y promulgada por Kicillof en agosto de este año.
El decreto establece que las disposiciones de la Ley 15.618 se aplican tanto a establecimientos públicos y privados, cualquiera sea su forma jurídica, como a espacios públicos y privados que cuenten con elementos destinados a actividades deportivas, recreativas o lúdicas.
Entre los lugares alcanzados se encuentran clubes, escuelas, instituciones deportivas, plazas, espacios recreativos y otros establecimientos que dispongan de las estructuras contempladas por la legislación.
El alcance incluye:
La reglamentación busca que las medidas de prevención no dependan exclusivamente de la actividad principal de cada institución, sino de la presencia de estructuras que puedan representar un riesgo para quienes las utilizan.
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— Ley.Joaquin (@Ley_Joaquin_) October 12, 2026
Uno de los principales aspectos del decreto es la precisión de las condiciones que deberán cumplir los establecimientos para garantizar la seguridad de sus instalaciones.
La normativa establece que los arcos de fútbol, hockey y handball que pesen más de 20 kilos deberán contar con sistemas de sujeción, anclaje o contrapeso, que podrán ser permanentes o removibles.
En el caso de los aros de básquet con pie, también será obligatorio incorporar un sistema de contrapeso para evitar que las estructuras puedan volcarse.
Además, cuando se trate de elementos con sistemas removibles, las instituciones deberán disponer de un espacio adecuado para su guardado. En el caso de los arcos, también podrán asegurarlos en posición horizontal cuando no estén en uso.
El decreto incorpora, a su vez, la obligación de colocar protectores acolchonados en pisos, columnas, paredes y postes, con el objetivo de amortiguar impactos en entornos deportivos o recreativos.
Las medidas no serán necesariamente las únicas exigibles. La reglamentación contempla la posibilidad de incorporar otras recomendaciones que sean efectuadas por profesionales especializados en la materia.
La Ley Joaquín establece que las condiciones de seguridad deberán ser verificadas por profesionales matriculados con incumbencia en la materia. A partir de la reglamentación, los municipios deberán establecer un mecanismo de habilitación, certificación o constancia de cumplimiento, que tendrá que ser emitido por un profesional matriculado.
El objetivo es que las instituciones puedan acreditar que sus instalaciones cumplen con los requisitos de seguridad establecidos por la ley y que las estructuras deportivas y recreativas se encuentran en condiciones adecuadas para su utilización.
El decreto también dispone que los controles no deberán limitarse a una inspección inicial. Los municipios tendrán a su cargo la verificación periódica del cumplimiento de las medidas, de manera que las condiciones de seguridad puedan mantenerse a lo largo del tiempo.
De esta manera, la prevención de accidentes quedará sujeta a un esquema de supervisión que combina las obligaciones de los establecimientos con la intervención de profesionales especializados y las autoridades locales.
El dolor más desgarrador que puede atravesar un ser humano es perder un hijo . Cuando es por negligencia es aún peor. Necesitamos que tomen conciencia y cuiden a sus hijos xq un arco no anclado puede ser mortal. https://t.co/eHo2HuDnpc
— Ley.Joaquin (@Ley_Joaquin_) September 27, 2026
La reglamentación ratifica que los municipios serán las autoridades de aplicación de la Ley 15.618 dentro de sus respectivas jurisdicciones.
Entre sus principales responsabilidades estarán:
El objetivo de esta distribución de responsabilidades es garantizar una aplicación efectiva de la ley en todo el territorio bonaerense.
Los municipios también tendrán a su cargo la determinación de las multas y sanciones correspondientes ante eventuales incumplimientos, de acuerdo con las atribuciones que les asignó la legislación.
La coordinación con escuelas, clubes y otras organizaciones será un aspecto central para que las exigencias puedan implementarse en establecimientos de distintas características y dimensiones.
Por su parte, el decreto también establece responsabilidades para el Gobierno bonaerense.
En particular, encomienda a la Dirección General de Cultura y Educación, a través de los Consejos Escolares, y a todos los ministerios y organismos provinciales que tengan bajo su responsabilidad espacios públicos o establecimientos alcanzados por la ley, que instrumenten las medidas necesarias para cumplir con la normativa.
Esto implica que las obligaciones de seguridad no estarán limitadas a las instituciones privadas o a los clubes deportivos. También deberán ser consideradas en los espacios que dependen directamente de la administración provincial.
Por otra parte, el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, a través de la Subsecretaría de Deportes, tendrá a su cargo la asistencia técnica a los municipios. La cartera podrá impulsar medidas complementarias o aclaratorias para facilitar la aplicación de los requisitos establecidos por la ley y su reglamentación.
En ese marco, la Ley Joaquín contempla un plazo de hasta un año para que los establecimientos adapten sus instalaciones a las medidas de seguridad exigidas.