07/11/2026 - Edición Nº1369

Política

Boletín Oficial

Nuevas reglas en Salud: así cambiará el reconocimiento de especialidades y capacitaciones

06/11/2026 | Uno de los objetivos centrales será promover el reconocimiento interjurisdiccional de las especialidades. Habrá una comisión asesora nacional.

El Ministerio de Salud de la Nación aprobó un nuevo régimen para el reconocimiento y la actualización de las especialidades y capacitaciones especializadas de las profesiones universitarias de la salud.

La medida incluye una reorganización de la comisión asesora nacional, establece nuevas categorías de formación y modifica los requisitos que deberán cumplir las instituciones para solicitar el reconocimiento de una especialidad.

La decisión quedó formalizada mediante la Resolución 1583/2026, publicada en el Boletín Oficial, y apunta a unificar los criterios de evaluación, fortalecer la coordinación entre Nación y las provincias y adaptar los mecanismos de reconocimiento a los avances científicos, tecnológicos y formativos del sistema sanitario.

La normativa también incorpora la posibilidad de reconocer capacitaciones especializadas y módulos complementarios destinados a profesionales que ya cuenten con una especialidad, sin que esas formaciones impliquen necesariamente la creación de una nueva especialidad autónoma ni una ampliación automática de las habilitaciones para ejercer.

El nuevo régimen entrará en vigencia a los 60 días corridos de su publicación.

Qué busca cambiar el Ministerio de Salud

La resolución parte de la necesidad de actualizar los mecanismos de reconocimiento de especialidades y capacitaciones de las profesiones de la salud, en función de la evolución de las prácticas profesionales y de las distintas modalidades de formación de posgrado.

Hasta ahora, los procedimientos estaban regulados principalmente por las resoluciones 1105/2006 y 3576/2021, que establecían la comisión asesora, las categorías de especialidades y los requisitos para presentar solicitudes.

Con el nuevo esquema, el Ministerio de Salud busca reunir esas disposiciones en un único instrumento normativo, mejorar la claridad del procedimiento y establecer criterios comunes para evaluar las propuestas.

Uno de los objetivos centrales será promover el reconocimiento interjurisdiccional de las especialidades, respetando las competencias de las autoridades sanitarias de cada provincia y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La resolución aclara que el reconocimiento de una especialidad no sustituirá las atribuciones de los organismos locales encargados de regular el ejercicio profesional y la matrícula.

Cómo funcionará la nueva comisión asesora nacional

La normativa crea, en el ámbito del Ministerio de Salud, la Comisión Nacional Asesora del Ejercicio de las Profesiones de Grado Universitario en Salud.

El organismo tendrá como principal función armonizar los criterios federales para el reconocimiento de especialidades, especialidades dependientes y capacitaciones especializadas de las distintas profesiones universitarias de la salud.

También deberá asesorar al Ministerio de Salud sobre las actualizaciones de las formaciones, analizar las propuestas que se presenten y emitir recomendaciones fundamentadas.

La comisión estará integrada por:

  • Dos representantes del Ministerio de Salud, uno de los cuales ejercerá la presidencia.
  • Un representante de la Dirección Nacional de Gestión Universitaria.
  • Un representante de las autoridades sanitarias jurisdiccionales, elegido en el ámbito del Consejo Federal de Salud (COFESA).
  • Un representante de la Asociación de Facultades de Ciencias Médicas de la República Argentina (AFACIMERA).
  • Un representante de la Academia Nacional de Medicina.
  • Un representante de la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU).

El representante de las autoridades sanitarias jurisdiccionales deberá pertenecer a una región sanitaria distinta de la de sus antecesores y ejercerá por un período de un año, con un sistema de rotación destinado a garantizar la participación de distintas regiones del país.

La comisión podrá convocar a especialistas, instituciones académicas, científicas, profesionales y asistenciales para analizar cuestiones específicas. Cuando se evalúen propuestas relacionadas con profesiones distintas de la medicina, deberán incorporarse expertos de la disciplina involucrada. Sus integrantes desempeñarán funciones ad honorem.

El COFESA tendrá un papel clave en las decisiones

La resolución mantiene la intervención del Consejo Federal de Salud como instancia de concertación entre Nación y las jurisdicciones.

Las propuestas deberán pasar primero por la Comisión Nacional Asesora, que emitirá una recomendación técnica. Posteriormente, serán sometidas a consideración del COFESA y, finalmente, el Ministerio de Salud adoptará la decisión administrativa correspondiente.

El objetivo es fortalecer la coordinación federal y asegurar que las decisiones sobre especialidades y capacitaciones contemplen tanto los criterios técnicos y académicos como las necesidades sanitarias de las distintas jurisdicciones.

Las nuevas categorías de especialidades y capacitaciones

Uno de los cambios centrales de la resolución es la aprobación de nuevas categorías y definiciones para las formaciones de posgrado.

El régimen distingue entre especialidades, especialidades dependientes, especialidades multiprofesionales, capacitaciones especializadas y módulos complementarios.

La especialidad será considerada un área específica de una disciplina que profundiza los conocimientos adquiridos durante la formación universitaria de grado y agrega competencias para el abordaje de determinadas condiciones de salud.

Para que sea reconocida como autónoma, deberá contar con un trayecto formativo específico proporcionalmente mayor al que comparte con otras especialidades.

Las especialidades dependientes, en cambio, serán aquellas que profundicen conocimientos y competencias en un área focalizada de una especialidad previamente reconocida. En general, requerirán que el profesional cuente con una formación previa.

Por su parte, las especialidades multiprofesionales podrán ser ejercidas por distintas profesiones del equipo de salud, aunque cada profesional deberá actuar dentro de las incumbencias de su título y del marco regulatorio correspondiente.

En tanto, las capacitaciones especializadas estarán orientadas a ampliar los conocimientos y habilidades de profesionales que ya cuenten con una especialidad. La normativa contempla que estén relacionadas con los avances científicos y tecnológicos y que, por su nivel de especificidad, requieran formación en centros de referencia y mecanismos particulares de recertificación y educación continua.

Los módulos complementarios serán trayectos optativos de formación adicional, con objetivos, contenidos, carga horaria, prácticas supervisadas y evaluaciones definidas.

Mario Lugones, ministro de Salud

Cuáles serán los requisitos para reconocer una especialidad

La resolución establece un procedimiento específico para presentar solicitudes de reconocimiento o actualización.

Podrán hacerlo las autoridades sanitarias nacionales y jurisdiccionales, las universidades e instituciones académicas oficialmente reconocidas, las instituciones formadoras y los establecimientos sanitarios habilitados que acrediten antecedentes y capacidad formativa. También podrán impulsarse propuestas desde el COFESA.

Las presentaciones deberán incluir información sobre la especialidad o capacitación, su pertinencia sanitaria, los perfiles de ingreso y egreso, las competencias profesionales, los contenidos de formación, la duración, la carga horaria y las condiciones de evaluación y certificación.

Además, se deberán identificar las instituciones formadoras y los establecimientos donde se realizarán las prácticas, junto con sus habilitaciones, recursos disponibles y mecanismos de supervisión.

Uno de los requisitos centrales será acreditar antecedentes de reconocimiento o formación de la especialidad o capacitación en al menos tres jurisdicciones del país.

También se exigirá el aval expreso de los ministerios de Salud o de las máximas autoridades sanitarias de, como mínimo, tres jurisdicciones distintas.

Qué pasará con las especialidades ya reconocidas

La resolución establece que los listados de especialidades y capacitaciones especializadas aprobados con anterioridad mantendrán su vigencia mientras no sean modificados por actos posteriores.

Por lo tanto, no será necesaria una nueva intervención de las comisiones asesoras ni del COFESA para los reconocimientos que ya fueron aprobados.

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