El fiscal a cargo de la causa que investiga el festejo del cumpleaños de la Primera Dama en Olivos durante la cuarentena obligatoria sigue sumando archivos al expediente

Cumpleaños en Olivos. Después de que se dieran a conocer los videos de la fiesta de cumpleaños de Fabiola Yáñez en la Quinta de Olivos del 14 de julio de 2020, el fiscal a cargo de la causa ordenó agregarlos al expediente judicial para saber si aquel día se produjeron violaciones a las restricciones de circulación y reunión establecidas por la pandemia de coronavirus.

Así lo dispuso el fiscal Ramiro González, quien tiene delgada la investigación por el juez Sebastián Casanello. En un mismo dictamen, el fiscal también pidió información para determinar si Yáñez y el resto de los invitados a la fiesta habían tramitado un permiso para circular como los que eran obligatorios para aquellas personas que cumplieran tareas esenciales.

El fiscal requirió a la secretaría de Innovación Pública dependiente de la Jefatura de Ministros que informe si Carolina Marafioti, Sofía Pacchi, Florencia Fernández Peruilh, Rocío Fernández Peruilh, Santiago Basavilbaso, Emanuel López, Fernando Consagra, Federico Abraham y Stefanía Domínguez, habían tramitado un permiso para circular aquel 14 de julio de 2020.

Según los registros de ingresos a la Quinta de Olivos, los visitantes que fueron a la fiesta de cumpleaños entraron entre las 21.30 y las 22 horas, y se retiraron a la 1.45 de la mañana del día siguiente. La presencia y el festejo fueron confirmados por fotos y videos que no dejan dudas de la existencia de la celebración realizada en Olivos mientras estaba prohibido.

cumpleaños Olivos

El fiscal González tiene acumuladas en el expediente todas las denuncias que se hicieron luego de que se revelaran las planillas de ingresos a la Quinta de Olivos. La última denuncia realizada también da cuenta de una multitudinaria reunión realizada el 30 de diciembre de 2020, en la que a la residencia presidencial acudieron los diputados del bloque del Frente de Todos.

A raíz de esa denuncia, el fiscal pidió certificar los videos que se difundieron tanto del cumpleaños de Yáñez como los de esa reunión de más de 60 personas realizadas en la Quinta de Olivos. En el dictamen, a raíz de lo que dijeron los denunciantes se señala la presencia en esa reunión del presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa.

Yáñez y quienes la acompañaron en la celebración de su cumpleaños 39 presentaron abogados en la causa para poder acceder al expediente. Juan Pablo Floribello y Mariano Lizardo representarán de forma conjunta a Yáñez, a ambas Fernández Peruilh, Pacchi, Consagra, Basavilbaso y López. En un principio iban a representar también a Domínguez, pero luego desistieron. Hasta ahora Domínguez es la única de las que asistieron a la fiesta que no tiene abogado defensor.

Por su parte, el abogado Alejandro Rúa estará a cargo de la defensa de Carolina Marafioti. La defensa de Abraham la ejercerán el excamarista federal Jorge Ballestero y Pablo Slonimsqui. Todos los abogados fueron autorizados por el fiscal para leer el expediente.

Si bien González aclaró que en el expediente aún no hay imputados, la presentación de abogado defensor es considerada una forma de considerarse involucrados en una causa.

El fiscal dejó constancia en el expediente del pedido de certificación de la causa que hizo el fiscal federal de San Isidro Federico Iuspa. Es que la Quinta de Olivos está en la jurisdicción de la justicia federal de San Isidro y en uno de los juzgados de allí se presentó una denuncia similar a la que se investiga en Comodoro Py.

El fiscal también solicitó que se certifiquen y agreguen al expediente “copias de los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) dictados durante el 2020, con motivo de la emergencia sanitaria”, que fueron firmados por Fernández, según los cuales no estaba permitido hacer reuniones como la que se investiga.

El objeto procesal del expediente pretende determinar si se infringieron las normas dispuestas tras la declaración de la pandemia por parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y que, en ese caso, podrían estar encuadrados en los artículos 205 y el 248 del Código Penal.