En agosto del año pasado los empleados estatales combinaban tareas presenciales y remotas en una “presencialidad programada”.

Este lunes, empleados de la administración pública regresan a la presencialidad plena. De acuerdo con el decreto del Gobierno nacional la fecha límite para poner fin a la modalidad de trabajo remoto era 1 de mayo, por haber terminado el momento crítico de la pandemia de Covid-19.

“Cada jurisdicción, organismo y entidad de la administración pública nacional (…) deberá disponer el retorno a la modalidad de prestación de servicios que era habitual en forma previa a la vigencia del Decreto 260 del 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios”, indicó la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete, en la Resolución 58/2022, que se publicó en el Boletín Oficial.

En agosto pasado, los empleados estatales comenzaron a regresar a sus puestos de trabajo, aunque bajo un esquema mixto que combinó tareas remotas y “presencialidad programada”.

Cuándo regresa la presencialidad plena en la administración pública
La presencialidad plena para empleados estatales comienza esta semana.

Para ese período iniciado en agosto del 2021, el Gobierno había informado que “los trabajadores que hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad contra la Covid-19”, autorizadas en la Argentina, luego de 14 días posteriores a la vacunación.

Esa medida se llevó a cabo por “altas coberturas de vacunación con una dosis” que había en el país y el registro de un “descenso de casos en la gran mayoría de las jurisdicciones”.

Se solicitará el certificado de vacunación

Según la secretaria de Gestión y Empleo Público, Ana Castellani, los organismos estatales tendrán la obligación de pedir los certificados de vacunación a sus empleados.

En el caso de los que hayan decidido no vacunarse deberán “firmar una Declaración Jurada expresando que han recibido y comprendido la información vinculada a la vacunación y que asumen toda responsabilidad derivada de la conducta que adopten”.

A su vez, los no vacunados deberán comprometerse a “tomar los recaudos necesarios para evitar los perjuicios que su decisión pudiere ocasionar al normal desempeño del equipo de trabajo que integran”.

“Solamente hoy siguen trabajando de manera remota aquellas personas que tienen algún tipo de inmunodepresión, una comorbilidad, que establece muy claramente los incisos 5 y 6 de la última resolución de Salud, una situación que impide, con acreditación de certificado médico, la asistencia presencial”, sostuvo Castellani.

Los exceptuados son las personas que tienen inmunodeficiencias congénita, asplenia funcional o anatómica, anemia drepanocítica y desnutrición grave, con VIH (dependiendo del status) y pacientes que tomen medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis.

Aquellos que den covid positivo, el Ministerio de Salud informó: “aquellos trabajadores que tengan diagnóstico de Covid-19, que no hayan requerido internación, podrán reincorporarse a sus lugares de trabajo sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta”.