A mediados de julio, el juez Daniel Rafecas definió que los seguimientos y escuchas a los familiares de Santiago Maldonado se habían concretado para prevenir la “alteración del orden público” en momentos en que se desarrollaban actos y movilizaciones por su desaparición en Chubut.
A mediados de julio, Rafecas definió que los seguimientos y escuchas a los familiares del artesano se habían concretado para prevenir la “alteración del orden público” en momentos en que se desarrollaban actos y movilizaciones por la desaparición de Santiago en el Pu Lof, en Resistencia de Cushamen, Chubut.
Rafecas sobreseyó en atención al orden público al ex número tres del Ministerio de Seguridad que conducía Patricia Bullrich, Gonzalo Cané, y también a Fabián Méndez, exjefe de Gendarmería en El Bolsón.
“No acordamos el uso que se le da a la figura de alteración al orden público, porque podría utilizarse prácticamente para cualquier movilización”, señaló a la agencia de noticias Télam el abogado de la querella Matías Aufieri.
Este jueves, el abogado ampliará los argumentos de su apelación ante la Sala II de la Cámara Federal que preside Roberto Boico e integran Martín Irurzun y Eduardo Farah.