En esta nota te contamos las realidades y el alcance jurídico en contra del grooming

Según la ley 26.904 del código Penal argentino actual, el grooming es “toda acción que tenga por objetivo minar o socavar moral o psicológicamente a un niño, con el fin de conseguir su control a nivel emocional para un posterior abuso sexual, por lo que se trata entonces de un supuesto de acoso sexual infantil”

Dicha figura cuando fué incluida en el Código Penal, en noviembre de 2013 aprobada por la Cámara de Senadores. Esta Ley provocó mucha controversia y críticas por parte de actores de la sociedad civil y académicos. El grooming es un delito: correspondiente a los “Delitos contra la integridad sexual”

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La pena imponible a aquellas personas que cometen este delito:

En el Código Penal que criminaliza el grooming, el texto aprobado dispone en el Artículo 131 que “será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de
cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma.”


En nuestro país, el Gobierno dispone de una pagina exclusiva para informar y hacer denuncias:

El grooming es la acción deliberada de un adulto, varón o mujer, de acosar sexualmente a una niña, niño o adolescente a través de un medio digital que permita la interacción entre dos o más personas, por ejemplo redes sociales, correo electrónico, mensajes de texto, sitios de chat o juegos en línea.

Los adultos que realizan grooming suelen generar uno o varios perfiles falsos, haciéndose pasar por un niño, niña o adolescente, buscando generar una relación de amistad y confianza con el o la menor a quien buscan acosar.

En Argentina el grooming es un delito penado por la ley, que puede ser la antesala a otros delitos como:

• Obtener material de abuso o explotación sexual contra las infancias
• Generar encuentros personales con las niñas, niños o adolescentes con intenciones de cometer un abuso sexual físico.
• Comercialización en redes de explotación sexual contra las infancias y adolescencias

Además, puede llegar a generar en las niñas, niños y adolescentes consecuencias psicológicas y físicas, derivadas de la manipulación por parte del adulto.

La @womensworldsummitfoundation propuso, en el año 2000, que hoy sea declarado el día internacional de prevención contra el abuso en infancias y adolescencias. Con la idea de esta fecha es repensar estrategias que colaboren a la erradicación de la violencia sexual. La guía fue confeccionada por @unicefargentina como soporte desde el cual plantear la problemática que afecta a esta población.

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Esta organización explica que, a diferencia del maltrato físico que es identificable por sus huellas, detectar si una niña o niño está siendo o fue víctima de abuso depende de la escucha atenta, del vínculo de confianza que se pueda generar para que sienta la comodidad de expresarse. Sin la detección no hay denuncia ni tratamiento posible.

También funciona el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes: un organismo que protege y promueve sus derechos.

Para denuncias y asesoramiento comunicarse con la línea 102