El Consejo Europeo reclamó el 16 de octubre de 2026 que Estados Unidos revierta sus sanciones contra la Corte Penal Internacional. Tras la cumbre de Bruselas, los gobiernos de la Unión Europea pidieron preservar el acceso del tribunal a servicios financieros y suministros esenciales. Las conclusiones oficiales encargaron a la Comisión examinar medidas para proteger también a empresas europeas que trabajan con la institución. Todavía no se aprobó un escudo jurídico específico.
La sanción dejó de concentrarse en funcionarios y alcanzó al tribunal como institución. El 9 de octubre, el Tesoro estadounidense incorporó a la CPI a su lista de entidades bloqueadas, después de medidas individuales contra jueces y fiscales. El organismo, establecido mediante el Estatuto de Roma y respaldado por 125 Estados partes, investiga crímenes internacionales graves. La discusión también afecta procesos como los abordados en la cobertura de News Digitales sobre Venezuela y la CPI.
El régimen estadounidense contiene autorizaciones que evitan una suspensión automática de todas las operaciones. La licencia general 13 de la OFAC permite hasta las 00:01 del 7 de abril de 2027, hora de verano del este estadounidense, las transacciones habituales necesarias para mantener o cerrar actividades y contratos de la CPI. Incluye aportes de Estados miembros, salarios, atención médica, alquileres, seguros y servicios comerciales. También habilita utilizar cuentas bloqueadas para pagos autorizados, pero no elimina la designación del tribunal.
Los servicios digitales tienen una protección diferenciada dentro de las excepciones estadounidenses. La licencia general 14 autoriza comunicaciones, alojamiento web, herramientas empresariales, almacenamiento de información y ciberseguridad, sin fijar allí el mismo vencimiento que la licencia 13. Sin embargo, la autorización no cubre automáticamente operaciones con otras personas sancionadas. Bancos y proveedores deben comprobar el alcance de cada contrato; podrían restringir servicios por cautela, aunque no hay pruebas verificadas de una interrupción generalizada.

Bruselas dispone de un reglamento contra sanciones extraterritoriales, pero su alcance actual es limitado. El denominado estatuto de bloqueo europeo protege a operadores frente a determinadas normas extranjeras enumeradas en un anexo que actualmente contempla medidas estadounidenses sobre Cuba e Irán, no sobre la CPI. Extender esa cobertura exigiría nuevas decisiones normativas. Además, una protección jurídica dentro de la Unión Europea no impediría necesariamente consecuencias para empresas con negocios o activos en Estados Unidos.

El siguiente paso depende del diálogo con Washington y de las decisiones que prepare la Comisión Europea. Antes del vencimiento de abril de 2027 habrá que comprobar si se retiran las sanciones, se amplían las licencias o se adoptan garantías europeas para los proveedores. El riesgo no se limita a los expedientes judiciales: el Fondo Fiduciario en beneficio de las Víctimas advirtió que restricciones sobre pagos y alianzas pueden comprometer programas de reparación y asistencia. La protección anunciada aún debe convertirse en medidas aplicables.

El enfrentamiento también plantea una cuestión de fondo: hasta qué punto una institución judicial internacional puede ejercer sus competencias cuando depende de servicios sujetos a la legislación de una potencia que rechaza su jurisdicción. Estados Unidos nunca ratificó el Estatuto de Roma y mantiene diferencias con la Corte Penal Internacional sobre el alcance de sus investigaciones. Sin embargo, la capacidad de Washington para imponer restricciones financieras introduce una presión que trasciende esa discrepancia jurídica. El problema no consiste únicamente en determinar qué operaciones están autorizadas, sino en evitar que las decisiones comerciales de bancos, empresas tecnológicas y aseguradoras terminen condicionando indirectamente el funcionamiento de un tribunal creado para investigar crímenes de guerra, genocidio y delitos de lesa humanidad.
Para la Unión Europea, la controversia representa una prueba de su capacidad para defender la autonomía de las instituciones internacionales sin profundizar el enfrentamiento diplomático con Estados Unidos. Los líderes europeos reconocieron que el aplazamiento de determinadas consecuencias de las sanciones y la disposición estadounidense al diálogo abren una oportunidad para negociar. No obstante, una solución duradera exigiría distinguir entre el desacuerdo legítimo sobre las competencias de la CPI y las medidas capaces de dificultar su actividad cotidiana. El resultado también podría sentar un precedente para otros organismos internacionales que necesitan operar dentro de un sistema financiero global sometido a legislaciones nacionales diferentes. La cuestión central será comprobar si Europa consigue transformar su respaldo político al tribunal en garantías efectivas para su independencia.