La decisión del ministro brasileño Cristiano Zanin de extender hasta las 19:00 la votación presidencial de este domingo 25 de octubre ha reabierto un debate conocido para quienes siguieron las elecciones venezolanas de 2013: los riesgos institucionales que aparecen cuando el cierre de las urnas se convierte en objeto de controversia política. Hace trece años, Henrique Capriles cuestionó que determinados centros venezolanos permanecieran abiertos después de las 18:00, en una elección que terminaría con una estrecha victoria oficial de Nicolás Maduro. Hoy, la campaña de Flávio Bolsonaro cuestiona una resolución judicial adoptada tras una solicitud de la coalición de Luiz Inácio Lula da Silva, que modificó el horario de votación cuando parte del escrutinio ya había comenzado. Ambos acontecimientos presentan diferencias jurídicas fundamentales, pero comparten una circunstancia políticamente sensible: las decisiones sobre el cierre de los centros adquirieron una importancia extraordinaria en medio de disputas presidenciales muy competitivas.
La comparación exige comenzar por una distinción. En Venezuela, la legislación de 2013 establecía que los centros debían cerrar a las 18:00, salvo que permanecieran electores esperando para votar. No existió una orden equivalente a la brasileña que extendiera universalmente el horario mediante una resolución judicial de última hora. En Brasil, Zanin dispuso prolongar durante dos horas el funcionamiento de todas las secciones electorales, después de recibir denuncias sobre restricciones al transporte público. La instrucción llegó cuando algunas urnas ya habían sido cerradas y sus boletines estaban incorporándose a la totalización nacional. Posteriormente, el magistrado tuvo que aclarar que los equipos cerrados no podían reabrirse. La diferencia entre permitir votar a ciudadanos que ya estaban esperando y modificar extraordinariamente el horario nacional resulta esencial para determinar el alcance de cada episodio. Lo comparable es la necesidad de controles efectivos sobre decisiones capaces de afectar las condiciones de participación.
El 14 de abril de 2013, Venezuela celebró elecciones presidenciales extraordinarias tras la muerte de Hugo Chávez. Nicolás Maduro, presidente encargado y candidato del Partido Socialista Unido de Venezuela, enfrentó a Henrique Capriles, representante de la Mesa de la Unidad Democrática. A las 18:00 comenzó el cierre oficial de los centros, pero algunos continuaron operando porque todavía había electores esperando. Aproximadamente media hora después, la rectora Sandra Oblitas recordó que las mesas debían cerrar cuando no existieran ciudadanos en las filas. Capriles había advertido públicamente sobre la posibilidad de que se alterara la voluntad popular y solicitó respetar el horario establecido. Su preocupación se relacionaba con el funcionamiento de los centros que permanecían abiertos, la vigilancia de sus operaciones y la necesidad de impedir que las excepciones legales se utilizaran sin justificación verificable. El oficialismo rechazó entonces las sospechas opositoras.
Las observaciones posteriores proporcionaron fundamentos concretos para examinar aquella jornada. El informe del Centro Carter recogió datos de la organización Asamblea de Educación según los cuales, en el 3,5% de las mesas observadas, los centros no habían cerrado después de que la autoridad electoral indicara que debían hacerlo. También documentó denuncias sobre la expulsión de testigos, intimidación de grupos motorizados vinculados al oficialismo y actos de escrutinio que no se realizaron públicamente en parte de las mesas observadas. La elección concluyó con una proclamación de Maduro, quien obtuvo oficialmente el 50,61% de los sufragios, frente al 49,12% de Capriles, una diferencia de 224.268 votos. El estrecho margen incrementó la importancia de las denuncias y de los mecanismos de verificación. Sin embargo, las incidencias documentadas no permiten determinar por sí solas que la permanencia de centros abiertos después de las 18:00 modificara el ganador.
O Brasil merece respeito, transparência e segurança jurídica! Uma decisão tomada a poucos minutos do encerramento da votação, prorrogando o horário até as 19h, exige explicações claras sobre seus fundamentos e sua execução. A democracia se fortalece com regras claras, respeito às instituições e transparência em cada etapa do processo eleitoral. O povo brasileiro merece respostas!
— Tarcísio Gomes de Freitas (@tarcisiogdf) October 25, 2026
El aspecto más relevante del caso venezolano no terminó aquella noche. Capriles solicitó una auditoría integral que incluyera materiales electorales y mecanismos adicionales para verificar la identidad de los votantes. El Consejo Nacional Electoral realizó una ampliación de la verificación de comprobantes impresos y registros electrónicos, que reportó una coincidencia del 99,98%, pero rechazó el alcance de la auditoría solicitado por la oposición. Posteriormente, el Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisibles los recursos de Capriles, cuestionó sus expresiones contra el Poder Judicial y llegó a imponerle una multa. La controversia dejó de concentrarse exclusivamente en los resultados para extenderse a la independencia de los organismos electorales, el uso de recursos estatales y la posibilidad de que un candidato pudiera impugnar una elección mediante procedimientos transparentes. La falta de garantías para revisar adecuadamente las denuncias terminó convirtiéndose en uno de los aspectos más graves de aquel proceso.
Esa conclusión adquirió una dimensión jurídica decisiva el 10 de octubre de 2024, cuando la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó sentencia en el caso Capriles contra Venezuela. El tribunal declaró internacionalmente responsable al Estado venezolano por vulnerar derechos políticos, igualdad ante la ley, libertad de expresión y garantías judiciales durante el proceso de 2013. La Corte identificó ventajas institucionales indebidas para Maduro, utilización de recursos públicos, una cobertura desproporcionada de medios estatales y ausencia de mecanismos judiciales efectivos para examinar las reclamaciones opositoras. También cuestionó la falta de independencia del Consejo Nacional Electoral. La sentencia constituye una constatación jurídica sobre la vulneración de las condiciones de una elección auténtica, aunque no establece que Capriles hubiera obtenido matemáticamente más votos que Maduro. Esa distinción permite comprender la advertencia histórica: una elección puede sufrir violaciones graves de derechos políticos incluso cuando no existe una demostración de que una irregularidad específica cambiara el resultado numérico.
La controversia brasileña presenta una circunstancia adicional: Cristiano Zanin fue abogado personal de Lula y fue propuesto por el propio mandatario para integrar el Supremo Tribunal Federal en 2023. El antecedente profesional no prueba que exista una actuación judicial parcial, pero exige una fundamentación especialmente clara cuando el magistrado interviene en un procedimiento solicitado por la coalición de su antiguo cliente. Este domingo, Zanin resolvió la Reclamación 101.673/BA, relacionada inicialmente con deficiencias de transporte en tres municipios de Bahía, y ordenó ampliar la recepción de votos hasta las 19:00 en todas las secciones del país. La campaña oficialista sostuvo que la medida buscaba garantizar el derecho al sufragio de ciudadanos afectados por la insuficiencia de autobuses. Esas dificultades contaban con constataciones oficiales en determinadas localidades. La controversia jurídica se refiere, por tanto, a la proporcionalidad de extender nacionalmente una respuesta extraordinaria y a la coordinación necesaria para aplicarla.
Las consecuencias aparecieron inmediatamente. El Tribunal Superior Electoral suspendió temporalmente la totalización cuando ya se habían procesado 1.225 de las 499.248 secciones electorales. Algunas urnas habían concluido sus operaciones y emitido boletines, por lo que no podían volver a abrirse mediante un procedimiento ordinario. Ante esa situación, Zanin emitió una aclaración: únicamente las secciones todavía abiertas podían continuar recibiendo votos hasta las 19:00, mientras las cerradas debían mantener sus resultados. La campaña de Flávio Bolsonaro, cuyo coordinador Rogério Marinho denunció públicamente la intervención judicial, movilizó a los fiscales del Partido Liberal para supervisar las operaciones. Debe recordarse que el propio PL también había solicitado una ampliación limitada para localidades afectadas por fuertes lluvias. Lo que distingue ambas peticiones es su alcance territorial, mientras que la dificultad principal de la orden efectivamente dictada fue su llegada cuando ya existían procedimientos de cierre realizados.

La experiencia venezolana permite reconocer tres riesgos institucionales que merecen atención en Brasil. El primero aparece cuando una decisión extraordinaria se adopta sin suficiente anticipación para que todas las autoridades electorales puedan ejecutarla de manera uniforme. El segundo surge cuando las diferencias entre centros abiertos y cerrados generan dudas sobre la igualdad de condiciones entre los votantes. El tercero se relaciona con la capacidad de los partidos, sus fiscales y los organismos independientes para revisar las actuaciones oficiales y acceder a los documentos del escrutinio. En Venezuela, el problema fue acumulativo: las ventajas oficiales durante la campaña, las irregularidades denunciadas y la ausencia de recursos efectivos deterioraron la integridad del proceso, según determinó posteriormente la Corte Interamericana. En Brasil, por ahora, está documentada una dificultad operativa derivada de una resolución judicial, pero no una manipulación comprobada de los votos. La comparación debe servir para identificar controles necesarios, no para anticipar conclusiones que requieren pruebas.
Existe también una diferencia institucional que no puede ignorarse. El sistema brasileño cuenta con boletines de urna, registros electrónicos, fiscales partidarios, mecanismos de verificación y procedimientos judiciales que permiten examinar las decisiones adoptadas durante la jornada. La efectividad de esas herramientas deberá evaluarse mediante información concreta sobre los horarios reales de cierre, las instrucciones transmitidas a cada tribunal regional, el tratamiento de los boletines ya emitidos y la reanudación de la totalización. El hecho de que ambas campañas hubieran solicitado extensiones por dificultades de transporte o condiciones climáticas también impide reducir el problema a una oposición entre quienes querían permitir votar y quienes pretendían impedirlo. La obligación de las autoridades es demostrar que las medidas adoptadas estaban justificadas, eran compatibles con las normas electorales y podían ejecutarse sin comprometer la trazabilidad de los resultados.
El antecedente de Maduro y Capriles contiene, finalmente, una lección sobre los peligros de confundir una explicación institucional con una verificación independiente. En Venezuela, el Gobierno defendió la legitimidad de su triunfo y el organismo electoral anunció auditorías, pero años después una sentencia internacional estableció que el proceso había vulnerado derechos fundamentales de la oposición y de los electores. Esa historia justifica examinar con rigor las denuncias de la campaña de Bolsonaro, sin convertirlas automáticamente en pruebas de fraude ni atribuir a todas las fuerzas de izquierda una estrategia común de manipulación electoral. La alerta para Brasil es que ninguna decisión extraordinaria sobre una elección presidencial debería quedar fuera del escrutinio público, especialmente cuando es adoptada después del horario original de cierre. Publicar los registros, explicar los criterios jurídicos y garantizar una revisión independiente es la vía para determinar si la ampliación protegió efectivamente el sufragio y si su ejecución respetó las garantías exigibles a una elección democrática.