El autor del disparo que mató a Gonzalo Acro aseguró que no fue instigado por los hermanos Schlenker, pero no fue suficiente para la Corte Suprema. El caso está en estudio en la CIDH.

La Corte Suprema rechazó revisar las penas de prisión perpetua de los ex barras bravas de River Plate Alan y William Schlenker, pese a que el autor material del crimen por el que fueron condenados reconoció que no tuvieron ninguna participación en el hecho.

El máximo tribunal invocó razones burocráticas para rechazar un planteo de la defensa de William Schlenker, el menor de los hermanos condenados por el crimen de un referente de una facción rival en la barra de River, Gonzalo Acro.

El homicidio de Acro ocurrió en agosto de 2007 y los hermanos Schlenker fueron condenados como instigadores de los autores materiales, y recibieron la misma pena.

Pero uno de ellos, Ariel “Colo” Luna –sindicado como quien efectuó el disparo que mató a Acro- remitió a los tribunales un escrito en 2019 asegurando que no había sido instigado por nadie y que se trató de “una situación desafortunada y no querida”.

“Habiendo quedado firme la sentencia condenatoria contra mi persona y en el marco del recurso de revisión de dicha sentencia manifiesto mi intención de prestar declaración nuevamente ya que allí contaré la verdad de los sucesos en los cuales nunca me dejaron declarar y en la cual quedará explicado claramente que se trató de una situación desafortunada y no querida por parte de mi persona”, sostuvo Luna.

En ese contexto, aseguró que “nada estuvo planificado ni organizado previamente y menos que menos esto estuvo indicado o solicitado por persona alguna”.

Luna justificó sus dichos al afirmar que no participó de una reunión realizada poco antes del homicidio en una pizzería del barrio porteño de Núñez, donde según la Justicia se planificó el crimen.

Diego Galeano y Marcelo Martínez, otros dos barras, confirmaron con sendos testimonios en una escribanía que Luna no estuvo en esa reunión y, en consecuencia, no recibió orden ni instigación alguna por parte de los hermanos Schlenker.

“Jamás obedecí órdenes o fui instigado a nada. Solicito que se me tome declaración con los derechos y garantías que me acuerda la ley, buscando la verdad de lo que pasó para que me saquen la pena de prisión perpetua y me condenen nuevamente pero por lo que verdaderamente sucedió”, pidió Luna desde la cárcel.

Andrés Torres, barra pero de Platense, también dejó en una escribanía un relato en el que asegura que nunca recibió un arma provista por William Schlenker.

Con esas nuevas pruebas, el abogado Sebastián Rodríguez, por la defensa del menor de los hermanos (que ya llevaron el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos – CIDH- porque consideran que se violaron sus garantías constitucionales) pidió una revisión del caso.

La Cámara de Casación porteña rechazó el pedido porque la nueva versión de Luna “contradice la declaración que brindó en el juicio oral y público, en el que expuso su versión de lo sucedido rodeado de todas las garantías que lo amparan y, en particular, haciendo pleno ejercicio de su derecho de defensa”.

“En aquella oportunidad, Luna reconoció haber estado presente en la reunión celebrada el lunes 6 de agosto de 2007. (…) Lo que sella la inadmisibilidad del recurso en este aspecto es que la instigación se trató de un proceso largo, continuo a través de distintos canales (reuniones y comunicaciones) que tuvieron lugar antes, durante y después del hecho, con matices propios de los códigos que se manejaban en el seno de organizaciones criminales que surgen de hinchadas de fútbol y el liderazgo de la denominada barra brava Los Borrachos del Tablón que ostentaban los hermanos Alan y William Schlenker”, se sostuvo en el rechazo.

Las defensas apelaron en búsqueda de un fallo de la Corte que aceptara revisar las condenas ante la aparición de circunstancias nuevas que “hacen evidente que no han cometido la acción de instigación por la cual han sido condenados”.

Pero el máximo tribunal, en su último acuerdo y con la firma de sus cuatro jueces, desestimó el recurso  por razones procesales burocráticas.

El fallo fue firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti.