El DNU incluye los servicios de telefonía, televisión por cable e internet

Esta tarde, por medio de un nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que se publicó en el Boletín Oficial, el Gobierno decretó que se prohíbe cortar los servicios públicos por falta de pago.

El DNU esta dirigido a prestadores de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable quienes no podrán cortar los servicios hasta el 31 de diciembre próximo.

Es por este motivo que las empresas no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a los usuarios, en caso de mora o falta de pago de hasta 7 facturas consecutivas o alternas.

El DNU también aclara que la prohibición de corte comprende a “los usuarios con aviso de corte en curso” y establece también que si un usuario accede a un plan de facilidades de pago en las condiciones que establezca la reglamentación, “se considerará como una factura pagada”.

Finalmente, en caso de que la falta de pago supere las siete facturas, las empresas proveedoras estarán obligados a mantener un servicio reducido.