13/08/2026 - Edición Nº1283

Agro

PRODUCCIÓN Y AMBIENTE

Fitosanitarios: Guiño de la Corte bonaerense al agro por las ordenanzas de Tandil y Rauch

13/08/2026 | CARBAP, AACREA y CASAFE fueron aceptadas como Amigos del Tribunal, aunque las cautelares siguen vigentes.



La Suprema Corte bonaerense habilitó a CARBAP, AACREA y CASAFE a intervenir como Amigos del Tribunal - amicus curiae-  en las causas que cuestionan las regulaciones sobre fitosanitarios de los municipios de Tandil y Rauch.

La decisión representa un nuevo capítulo en dos conflictos judiciales que ya habían derivado en restricciones sobre las normas municipales y representa la entrada de las entidades rurales al debate judicial

En ese marco, el máximo tribunal provincial consideró que las causas tienen una “evidente trascendencia colectiva” y abrió un plazo de 30 días para que las entidades incorporen argumentos jurídicos, técnicos y científicos antes de avanzar sobre las medidas cautelares.

El aval a la participación del sector agropecuario no implica que la Corte haya resuelto a favor de las entidades ni que haya levantado las restricciones vigentes. Por el contrario, el tribunal decidió postergar el tratamiento de las cautelares y mantener las medidas precautelares dictadas a fines de 2025.

Ambientalistas, municipios y agro, en una misma disputa

Las causas se iniciaron a partir de una presentación de la organización ambientalista Defensores Ambientales de la Cuenca del Chapaleofú, que planteó ante la Justicia la presunta afectación ambiental derivada de las regulaciones sobre el uso de fitosanitarios en Tandil y Rauch.

La entidad sostuvo que ambas localidades forman parte de un “sistema ecológico hidrosocial indivisible” y advirtió sobre una posible contaminación que, según su planteo, podría representar una amenaza para los recursos hídricos y los balnearios de Rauch y María Ignacia Vela, localidad rural de Tandil.

Los municipios, en tanto, son las partes demandadas y vienen defendiendo ante la Justicia las normas aprobadas por sus respectivos concejos deliberantes. En el caso de Tandil, desde el Ejecutivo municipal sostienen que la ordenanza sancionada en 2021 contempla las características particulares del territorio y de la producción local y establece restricciones específicas para las aplicaciones aéreas y terrestres.

“Sería un retroceso volver a esa ley (por la provincial de1991)  La ordenanza que se votó en Tandil en 2021 es superadora, adaptada al contexto geográfico/productivo y plantea restricciones con metros o kilómetros tanto para aplicaciones aéreas como terrestres”, había explicado a este medio tiempo atrás una fuente del municipio.

CARBAP, AACREA y CASAFE fueron aceptadas como Amigos del Tribunal

Así, la discusión judicial tiene tres actores centrales: las organizaciones ambientalistas que impulsaron el reclamo, los municipios que defienden sus regulaciones y el sector agropecuario, que ahora consiguió intervenir formalmente en los expedientes.

Qué resolvió la Corte

Las dos resoluciones del máximo tribunal provincial tienen una estructura prácticamente idéntica. En la causa I-81.039, vinculada con Tandil, la Corte aceptó el pedido de la Asociación Argentina de Consorcios Regionales de Experimentación Agrícola (AACREA), la Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa (CARBAP) y la Cámara de Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes (CASAFE).

El expediente cuestiona los artículos 5, 6 y 8 de la Ordenanza Municipal 17.404. En Rauch, expediente I-80.448, las mismas tres entidades fueron habilitadas para intervenir en una causa que discute los artículos 16 y 18 de la Ordenanza 850/12.

Las organizaciones tendrán 30 días desde su notificación para revisar las actuaciones, obtener copias y presentar sus opiniones fundadas. La participación está encuadrada en la Ley provincial 14.736 y el Acuerdo 3977/20, que regulan la figura de los Amigos del Tribunal.

El dato que explica la decisión de la Corte es el alcance que el propio tribunal le asignó a los conflictos. En el caso de Tandil, sostuvo que la controversia alberga una “evidente trascendencia colectiva”, mientras que en Rauch consideró que el objeto debatido “excede largamente el interés individual de las partes y reviste trascendencia colectiva e interés general”.

La Corte también señaló que la decisión que adopte puede producir efectos sobre “un universo indeterminado de personas y sobre amplias zonas de la comuna”. De esta manera, el tribunal abrió la discusión a aportes externos en una cuestión que cruza regulación municipal, producción agropecuaria, ambiente y uso de fitosanitarios.

Las cautelares siguen vigentes

El ingreso de las entidades del agro al expediente no modificó, por ahora, las restricciones que ya había impuesto la Justicia.

En diciembre de 2025, la Suprema Corte había dictado medidas precautelares que suspendieron parcialmente las normas de Tandil y Rauch vinculadas con las distancias para realizar aplicaciones de productos fitosanitarios en cercanías de cursos de agua.

En Rauch quedó alcanzado el artículo 18 de la Ordenanza 850/12, mientras que en Tandil la suspensión comprendió el artículo 8 de la Ordenanza 17.404. En esos aspectos, la Corte había considerado, en esta etapa preliminar, que las disposiciones podían representar un riesgo para el recurso hídrico.

La resolución más reciente dejó expresamente establecido que esas medidas precautelares continúan vigentes con los alcances fijados en diciembre. Al mismo tiempo, el tribunal decidió postergar el tratamiento de las medidas cautelares solicitadas por los actores hasta que finalice el plazo otorgado a los Amigos del Tribunal.

En los puntos alcanzados por la suspensión, continúa aplicándose de manera interina el marco provincial establecido por la Ley 10.699 y su Decreto Reglamentario 499/91.

Por eso, la decisión de ahora no significa que la Corte haya declarado inconstitucionales las ordenanzas municipales ni que haya avalado definitivamente la posición del sector agropecuario. La cuestión de fondo continúa abierta y las restricciones precautelares siguen vigentes.

La estrategia del agro frente a las ordenanzas

La participación de las entidades rurales ante la Corte se inscribe en una preocupación que el sector agropecuario viene expresando por la proliferación de regulaciones municipales sobre el uso de fitosanitarios y la falta de una ley provincial común que regule de forma homogénea la actividad.

El presidente de CARBAP, Pablo Ginestet, había planteado recientemente a NewsDigitales que las ordenanzas impulsadas por distintos municipios generan cada vez más dificultades para los productores y reclamó que las decisiones políticas se apoyen en evidencia científica.

“Estas ordenanzas que se han ido haciendo en los municipios cada vez generan más problemas”, sostuvo Ginestet. Y agregó que la discusión “tiene a la ciencia detrás”, al considerar que los fitosanitarios utilizados bajo las condiciones correspondientes no deberían representar riesgos para la salud.

“Lo tiene que resolver claramente la política basándose en la ciencia”, afirmó el dirigente rural.

La preocupación también había sido expresada dentro de CARBAP por el exprotesorero Santo Rosati, quien durante una reunión zonal en Mar del Plata en febrero había anticipado que la entidad se estaba asesorando jurídicamente para acompañar a productores frente a este tipo de conflictos.

Ahora, esa estrategia tuvo un primer reconocimiento formal dentro de los expedientes de Tandil y Rauch: la Suprema Corte aceptó que las entidades agropecuarias participen del debate y aporten elementos técnicos, científicos y jurídicos.

Un debate que puede marcar otros conflictos

El caso se suma a otros procesos judiciales que pusieron bajo la lupa la utilización de fitosanitarios en la provincia. Entre ellos aparece el antecedente de Pergamino, donde siete productores fueron absueltos en el juicio por presunta contaminación, mientras que dos exfuncionarios fueron condenados por incumplimiento de los deberes de funcionario público, en relación con los controles que debían realizar.

Se trata de procesos diferentes, pero que confluyen en una discusión que atraviesa cada vez más municipios bonaerenses: hasta dónde pueden avanzar los gobiernos locales en la regulación de los fitosanitarios, qué respaldo científico deben tener esas restricciones y cómo se compatibilizan las demandas ambientales con la actividad productiva.

Productores de Pergamino fueron absueltos en un juicio 

En Tandil y Rauch, la Suprema Corte todavía no dio esa respuesta. Por ahora, hizo algo más acotado pero significativo: abrió formalmente el debate judicial al sector agropecuario, mientras mantiene vigentes las restricciones que habían sido cuestionadas por las organizaciones ambientalistas.