En las PASO tampoco deberán presentarse a votar los “electores que fueren contacto estrecho o sean considerados casos sospechosos”, como aquellos que “deban permanecer aislados” a modo de prevención contra el COVID-19

PASO 2021: Las personas contagiadas de coronavirus o aisladas por síntomas compatibles con la enfermedad no deberán ir a votar. Lo dictaminó este jueves la jueza federal con competencia electoral, María Servini.

Quienes se encuentren contagiados o aislados por coronavirus en la fecha de las elecciones, que se realizan el domingo 12 de septiembre, quedan eximidos de votar y dicha ausencia quedará justificada, según declaraciones de la jueza Servini a Télam.

El juez electoral de la provincia de Buenos Aires, Alejo Ramos Padilla, indicó a Télam que “todos los contagiados con Covid tienen prohibición de circular de acuerdo al DNU 494/2021, vigente hasta el 1° de octubre de 2021, lo que les impide ir a votar”. Por su parte, el secretario de Actuación Electoral de la Cámara Nacional Electoral (CNE), Sebastián Schimmel, habló con TN y señaló que estas disposiciones son “para preservar la salud de los demás votantes y las autoridades de mesa”.

PASO 2021: Las personas con coronavirus o con síntomas no deberán ir a votar

En un comunicado del 25 de agosto, Servini comunicó la decisión a través de un oficio enviado a la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior, a las carteras de Salud y Justicia y Seguridad del gobierno porteño, a la Policía de la Ciudad y al Tribunal Superior de Justicia de la CABA: “Las personas que estén cursando la enfermedad del Covid-19, y/o tengan síntomas compatibles con ella deberán continuar con el aislamiento establecido oportunamente por las autoridades de Salud pública correspondientes, no deberán presentarse a votar, siendo causa suficiente para justificar la no emisión del voto” (artículo 10).

En el mismo oficio, la jueza estableció que tampoco deberán presentarse a votar los “electores que fueren contacto estrecho o sean considerados casos sospechosos”, como tampoco aquellos que “deban permanecer aislados”. Además, indicó que en el caso de que “un elector se presente ante un local de comicio manifestando estar comprendido en alguna de las causales descriptas, no se permitirá su ingreso al establecimiento y el delegado electoral labrará un acta al respecto”.

El DNU 494 de este año establece en el inciso “g” del artículo 3, que “en ningún caso podrán circular las personas que revistan la condición de ‘caso confirmado’, ‘caso sospechoso’, o ‘contacto estrecho’ de COVID-19, conforme las definiciones establecidas por la autoridad sanitaria nacional, ni quienes deban cumplir aislamiento en los términos del Decreto N° 260/20, prorrogado en los términos del Decreto N° 167/21, sus modificatorios y normas complementarias”.

Qué indica el protocolo para quienes vayan a votar

El protocolo sanitario aprobado para las próximas PASO que trascendió a principios del mes pasado incluye una serie de medidas para evitar aglomeraciones: aumento del número de los lugares de votación, con un máximo de ocho mesas por cada institución, un horario para que vayan a votar pacientes de riesgo y habrá facilitadores sanitarios que vigilarán que dicho protocolo se cumpla.

Los votantes también deberán ingresar con barbijo y cumplir con la distancia social de 2 metros, además de otras recomendaciones como utilizar alcohol en gel antes de manipular el sobre, llevar una lapicera propia para firmar y no cerrar el sobre con saliva.

Todas las personas que no voten, por cuestiones relacionadas al coronavirus u otros motivos, hasta tendrán 60 días después de las PASO para justificar a través de Internet, en el sitio infractores.padron.gob.ar, el motivo de la no emisión de su sufragio.