Las personas que trabajan en servicio doméstico y están registradas percibirán este mes un aumento salarial y seguirán manteniendo los extras.

Las personas que trabajan en el servicio doméstico y están registradas percibirán este mes un aumento salarial del 4%, que constituye el último ajuste pautado a fines de 2022. Así, durante diciembre y el primer trimestre del año los empleados del sector percibieron un incremento acumulado del 24%, según el acuerdo al que se llegó en el marco de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares. El ajuste salarial se concretó por etapas: diciembre, 8%; enero, 7%; febrero, 5% y marzo, 4%.

Nuevo aumento para empleadas domésticas: cómo quedan los salarios

En consecuencia, desde este mes los ingresos por categoría son los siguientes:

-Supervisora: $92.099 por mes con retiro y $102.588 por mes sin retiro.

-Personal para tareas específicas: $85.565 con retiro y $95.248,50 sin retiro.

-Caseros: $83.482,50 con retiro y $83.482,50 sin retiro.

-Cuidado de personas: $83.482,50 con retiro y $93.032,50 sin retiro.

-Personal para tareas generales: $75.075 con retiro y $83.482,50 sin retiro.

Nuevo aumento para empleadas domésticas: cómo quedan los salarios

Empleadas domésticas: también se mantendrán los extras

Además, se aplica un adicional por zona desfavorable equivalente al 30% sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías, para el personal que preste tareas en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego o en el partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires. En febrero, el Gobierno relanzó el programa “Registradas”, que permite regularizar la situación del personal de la actividad doméstica.

El Estado cubre el 50% del salario durante seis meses en el caso de empleadores con ingresos menores al mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias.

Nuevo aumento para empleadas domésticas: cómo quedan los salarios

Cómo registrar en la AFIP a los trabajadores de casas particulares

Todos los empleadores tienen que inscribir a los trabajadores que tienen a su cargo en el registro de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), sin importar la cantidad de horas de trabajo o la modalidad de contratación. Esto se puede hacer de forma virtual de la siguiente forma:

-Ingresar en la web de AFIP con la clave fiscal. En caso de no contar con ella, se tendrá que realizar una Solicitud de Clave Fiscal.
-Cargar los datos del empleado. A partir del número de CUIL, el sistema permite traer automáticamente la información que tiene la AFIP asociada a esa persona.

-Ingresar el domicilio del trabajador. Si ya está declarado en la base de datos de la AFIP, se podrá seleccionar en el desplegable que aparece en pantalla. De no ser así, se tendrá que ingresar el nuevo domicilio.
-Ingresar los datos del trabajo y describir las características de la relación laboral. Para ello, se deberá indicar el tipo de trabajo, la cantidad de horas semanales, la modalidad de liquidación, la remuneración, la modalidad de trabajo y la fecha de ingreso.También se deberá precisar si el trabajo es temporal o fijo.

-Señalar el domicilio laboral, es decir, el lugar donde se realizarán las tareas. Para ello, se podrá seleccionar un domicilio de la lista (domicilios laborales ya dados de alta por el mismo empleador) o ingresar uno nuevo.
-Antes de terminar el trámite, el sistema mostrará toda la información que fue cargada en los pasos anteriores para ser verificada por el empleador. Entonces, deberá confirmarla o modificarla si hiciera falta.