La autorización para el cultivo de cannabis tiene una vigencia de un año y, una vez vencida, puede volver a tramitarse. Por cada paciente, se autoriza la tenencia de hasta nueve plantas.
Los datos fueron publicados por el portal Chequeado.com, que además informó que la autorización tiene una vigencia de un año y, una vez vencida, puede volver a tramitarse. Por cada paciente, se autoriza la tenencia de hasta 9 plantas y también se permite el transporte de hasta 40 gramos de flores secas o 6 goteros de 30 mililitros de aceite de cannabis.
Solo cuando se acrediten esas dos “vinculaciones” con el/la médico/a y el cultivador (que puede ser la misma persona que lo va a consumir), la autoridad oficial podrá aprobar la incorporación al registro y emitir el certificado de autorización, explica el instructivo oficial.