Quiénes podrán regularizar sus deudas, y qué pasará con los impuestos a las Ganancias y a los Bienes Personales con la nueva moratoria presentada por el Gobierno.

El Gobierno nacional presentó en el Congreso un proyecto de ley de Moratoria de deudas impositivas y previsionales para personas y empresas. El mismo amplía el universo de contribuyentes, pero hace un corte en las obligaciones vencidas hasta junio y deja afuera a los impuestos más importantes para los individuos. El plan de pagos permitirá la cancelación de los incumplimientos acumulados a partir de la crisis económica provocada por la pandemia.

La ley, que modifica el Plan de Facilidades de Pagos vigente, deja afuera, sin embargo, a dos de los impuestos más importantes para las personas: el de Bienes Personales y el de Ganancias, que vencen en el mes de julio.

Cuáles son los principales puntos del proyecto de la nueva moratoria

  • Ampliación del universo de contribuyentes que pueden adherirse, a todas las personas jurídicas y humanas. La moratoria vigente hasta el momento solamente comprendía a las pymes.
  • Inclusión de deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2020.
  • Adhesión hasta el 31 de octubre de 2020. La primera cuota vence el 16 de noviembre.
  • Plazos de 96 a 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras.
  • Plazos de 48 o 60 cuotas para las obligaciones de los recursos de la seguridad social.
  • Condonación parcial de intereses y total de multas.
  • Tasa de interés fija del 2% mensual hasta enero de 2021. A partir de entonces, se aplicará la tasa Badlar de los bancos privados.
  • Las empresas grandes tendrán restricciones: durante 24 meses no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para adquirir dólares ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas.

Así, la nueva moratoria no incluye los vencimientos de las declaraciones juradas sobre el Impuesto a las Ganancias y el Impuesto de Bienes Personales, que operan este mes.