Así lo resolvió y le envió un dictamen a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para notificarlo.

El pasado 29 de mayo, Oscar Alva, integrante del partido PAIS, presentó un pedido ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para declarar “inconstitucional” una ley que facilita la reelección de tres o más mandatos de los intendentes en la provincia de Buenos Aires. Oscar Alva había hecho la presentación envalentonado por las resoluciones de la Corte Suprema de Justicia en los casos de los gobernadores de San Juan y Tucumán que buscaban renovar por un mandato más sus gestiones.

El dirigente, patrocinado por el constitucionalista Andrés Gil Domínguez, planteó que se suspendan, como medida cautelar, los comicios previstos para el 13 de agosto en la provincia de Buenos Aires. El argumento es “la inconstitucionalidad del artículo 4 de la ley 15.315” que establece “los mandatos de Intendentes, concejales, consejeros Escolares, Diputados y Senadores que se hayan iniciado como resultado de las elecciones del año 2017 y 2019…”

“…Serán considerados como primer período a los efectos de la aplicación de la presente Ley. En el caso de los mandatos que se hubieren iniciado como resultado de las elecciones del 2021, se computará como primer período sólo en el caso que no haya ejercido un mandato inmediato anterior”.
Ahora, será la Corte Suprema que resuelva si toma el caso o lo envía a los tribunales de la provincia de Buenos Aires.

El Procurador dictaminó que la Corte no debe intervenir en la reelección indefinida de los intendentes

Eduardo Casal se expidió ante el pedido de anular el intento de que jefes comunales tengan un tercer mandato en sus municipios y advirtió que no es un tema para que el máximo tribunal nacional se expida.
Luego de que el partido PAIS presentase un recurso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para frenar la re-reelección de más de 90 intendentes bonaerenses, advirtió que no es un tema de competencia para el máximo tribunal nacional.

Desde la Procuración General redactaron un dictamen donde aseguran que, para que intervenga el máximo tribunal nacional, primero la presentación se tendría que oficializar en la Suprema Corte de Justicia Bonaerense. Para Casal, “el proceso resulta ajeno al conocimiento del Tribunal”, debido a que la Corte Suprema no debe intervenir en los procesos electorales de las provincias.