Según la ley, las compañías cuentan con un año para instalar guarderías que se dediquen al cuidado de los niños.
El gobierno nacional reglamentó en Ley de Contrato de Trabajo la obligación de que las empresas con más de 100 empleados instalen guarderías. Estos espacios serán destinados para el cuidado para niñas y niños de 45 días a tres años de edad que estén bajo el cuidado de los trabajadores.
Las compañías que estén dentro del mismo parque industrial o a una distancia menor a dos kilómetros entre sí podrán compartir la misma guardería.
En caso de que los lugares de trabajo no proporcionen guardería a sus empleados, deberán abonar el pago de una suma no remunerativa por el reintegro de gastos relacionados con el cuidado de hijas e hijos que “no podrá ser inferior al 40 por ciento del salario mensual correspondiente a la categoría Asistencia y Cuidados de Personas del Personal”.
“El trabajo de cuidado y su invisibilización ha tenido un impacto definitivo en las trayectorias vitales de las mujeres, generando situaciones de vulnerabilidad y desigualdad. Después de 48 años, la reglamentación del artículo 179 de la Ley N° 20.744 de Contrato de Trabajo es un paso fundamental, y largamente esperado, para garantizar una organización de los cuidados más justa y con igualdad de género”, confirmaron desde el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad.
Luego de la reglamentación, las empresas tendrán el plazo de un año para instalar las guarderías a efectos de que realicen las adecuaciones y gestiones pertinentes para el cumplimiento de la obligación.
En caso contrario, el gobierno, advirtió que “se considerará en el ámbito de la Jurisdicción Nacional una infracción laboral muy grave en los términos del artículo 4º del Anexo II de la Ley Nº 25.212 que ratifica el Pacto Federal del Trabajo”.